II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Cuerpo Superior de Estadísticos del Estado. (BOE-A-2022-2725)
Resolución de 9 de febrero de 2022, de la Subsecretaría, por la que se aprueba el programa y se describe el contenido de los procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Estadísticos del Estado, correspondiente a la convocatoria derivada de las ofertas de empleo público de 2020 y 2021, y se deja sin efecto la Resolución de 1 de octubre de 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 44

Lunes 21 de febrero de 2022

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS
Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Resolución de 9 de febrero de 2022, de la Subsecretaría, por la que se
aprueba el programa y se describe el contenido de los procesos selectivos
para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en
el Cuerpo Superior de Estadísticos del Estado, correspondiente a la
convocatoria derivada de las ofertas de empleo público de 2020 y 2021, y se
deja sin efecto la Resolución de 1 de octubre de 2020.

La Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública,
regula que las Administraciones públicas seleccionan su personal de acuerdo con su
oferta de empleo público, mediante convocatoria pública y a través del sistema de
concurso, oposición o concurso-oposición libre en los que se garanticen en todo caso los
principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad.
Por su parte el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, recoge
entre los principios que deben garantizar las Administraciones públicas al seleccionar a
su personal funcionario y laboral, los de publicidad de las convocatorias y de sus bases,
transparencia, adecuación entre el contenido de los procesos selectivos y las funciones o
tareas por desarrollar y agilidad, sin perjuicio de la objetividad, en los procesos de
selección.
El Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento
general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de
provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la
Administración General del Estado, propone que el departamento convocante de
procesos selectivos podrá aprobar, entre otros aspectos, el programa y formas de
calificación aplicables a sucesivas convocatorias.
En el año 2020 se efectuó una revisión del proceso selectivo y el programa del
temario de acceso al Cuerpo Superior de Estadísticos del Estado, para adaptarlo a los
conocimientos necesarios para afrontar una producción estadística basada en múltiples
fuentes de información, entre las que, además de las encuestas por muestreo, destacan
los datos procedentes de registros administrativos y las fuentes de big data.
En este sentido se hizo aconsejable, ante el amplio panorama de conocimientos
necesario, el establecimiento de dos especialidades con la finalidad de ofrecer un
temario atractivo a personas con formación en cualquiera de los diversos ámbitos de
conocimiento.
En el momento actual se ha observado, que además de las razones que obedecieron
a modificar el proceso selectivo en el sentido expuesto, es preciso seguir avanzando en
orientar una buena parte de su contenido a métodos y herramientas para el análisis de
datos masivos y, al mismo tiempo, profundizar en conocimientos de índole contable y
fiscal en aras de optimizar el uso de datos administrativos, y todo ello a través de una
racionalización de los temas incluidos en el programa para adaptarlo a la realidad del
marco educativo universitario actual, así como una adecuación del proceso selectivo a
las competencias requeridas.
Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 15.3 del
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, esta Subsecretaría, en uso de las
competencias que le están atribuidas en el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de

cve: BOE-A-2022-2725
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