III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2022-2778)
Resolución de 9 de febrero de 2022, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se publica el Convenio de cooperación educativa con la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, para la realización de prácticas académicas externas de estudiantes de doctorado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 21 de febrero de 2022

Sec. III. Pág. 21288

de selección respetará los principios de publicidad, objetividad, igualdad y no
discriminación.
– Elaborar el plan de actividades formativas que transmitirá a la Universidad en el
que se detallará el perfil del estudiante, así como las funciones y objetivos de
aprendizaje propuestos.
– Cumplir con la legislación en materia de Seguridad Social y en materia de
retenciones en relación con las prácticas, de conformidad con la normativa sobre esta
materia que se encuentre vigente en el momento de formalizarse cada una.
– Informar al estudiante de la organización y funcionamiento de los centros de
trabajo de la CNMC, así como de la normativa que sea de su interés, especialmente la
relativa a seguridad y a prevención de riesgos laborales. Igualmente informará al
estudiante del deber de confidencialidad que éste deberá asumir con respecto de la
información a la que tenga acceso.
– Designar un tutor profesional que será quien diseñará un plan de actividades
formativas, las coordinará y velará por el cumplimiento de los objetivos del plan de
actividades formativas previamente establecido.
– Realizar el seguimiento y evaluación del resultado del Programa con los
estudiantes y la Universidad.
– Mantener un contacto permanente tanto con el estudiante, así como con el tutor
académico designado por la Universidad y con la Secretaría Técnica del Programa.
– Proporcionar la información complementaria y los medios materiales
indispensables que precise el estudiante para la realización de las prácticas y estimular
el aprovechamiento de las mismas.
– Visar por parte del tutor profesional, a la finalización de las prácticas, una memoria
final realizada por el estudiante, que remitirán a la Secretaría Técnica del Programa para
su traslado al tutor académico de la Universidad.
Obligaciones de la Universidad
– Publicitar la convocatoria de prácticas del Programa entre sus estudiantes de
doctorado.
– Preseleccionar a los estudiantes de doctorado respetando los principios de
igualdad, mérito y capacidad.
– Designar un tutor académico por cada estudiante seleccionado para las prácticas.
– Disponer de una póliza de responsabilidad civil y accidentes que cubra los actos
del estudiante que vaya a realizar prácticas en la CNMC durante el periodo de duración
efectiva del Programa.
– Ejercer la gestión administrativa del Programa, a través de una Secretaría Técnica.
Obligaciones del estudiante
El estudiante declara tener conocimiento de los términos del Convenio de
Cooperación Educativa al que se acoge este anexo y asumirlos en la formulación y
contenido convenidos. Especialmente, el estudiante se compromete a:
– Cumplir la normativa vigente relativa a prácticas externas establecida por la
Universidad.
– Conocer y cumplir el Proyecto Formativo de las prácticas siguiendo las
indicaciones del tutor asignado por la CNMC bajo la supervisión del tutor académico de
la Universidad.
– Mantener contacto con el tutor académico de la Universidad durante el desarrollo
de las prácticas y comunicarle cualquier incidencia que pueda surgir en el mismo, así
como hacer entrega de los documentos e informes de seguimiento intermedio y la
memoria final que le sean requeridos.

cve: BOE-A-2022-2778
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Núm. 44