II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Destinos. (BOE-A-2022-2716)
Resolución de 16 de febrero de 2022, de la Subsecretaría, por la que se resuelve el concurso general, convocado por Resolución de 26 de octubre de 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 44

Lunes 21 de febrero de 2022

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
2716

Resolución de 16 de febrero de 2022, de la Subsecretaría, por la que se
resuelve el concurso general, convocado por Resolución de 26 de octubre de
2021.

Por Resolución de 26 de octubre de 2021, de la Subsecretaría (BOE de 2 de
noviembre), se convocó concurso general para la provisión de puestos de trabajo en el
departamento.
Vista la propuesta formulada por la comisión de valoración y habiéndose cumplido
las normas establecidas en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de
los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, así como las bases de
la convocatoria,
Esta subsecretaría, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 63 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, ha resuelto:
Primero.
Aprobar la propuesta de la comisión de valoración y resolver el concurso,
adjudicando los puestos de trabajo de la referida convocatoria a los funcionarios en los
términos que se recogen en los anexos a esta resolución.
Segundo.
Declarar desiertos y/o sin adjudicar los puestos que se especifican en los citados
anexos, motivados por la falta de peticionarios, por no haber alcanzado ninguno de los
candidatos la puntuación mínima exigida, o por cualquier otra circunstancia prevista en la
resolución de la convocatoria.

1. El plazo de toma de posesión del destino obtenido será de tres días hábiles si no
implica cambio de residencia del funcionario, o un mes si comporta cambio de residencia
o el reingreso al servicio activo. Dicho plazo comenzará a contar a partir del día siguiente
al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la
publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión
deberá computarse desde su publicación. El cómputo de los plazos posesorios se
iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que hayan sido concedidos a los
funcionarios.
2. El Subsecretario del ministerio donde presta servicios el funcionario podrá diferir
el cese, por necesidades del servicio, hasta veinte días hábiles, comunicándose a
la Subsecretaría del Ministerio de Trabajo y Economía Social.
Excepcionalmente, a propuesta del ministerio donde presta servicios el funcionario,
por exigencias del normal funcionamiento del mismo, que serán apreciadas en cada
caso por la Secretaría de Estado de Función Pública, podrá aplazar la fecha de cese
hasta un máximo de tres meses, computada la prórroga prevista en el párrafo anterior.

cve: BOE-A-2022-2716
Verificable en https://www.boe.es

Tercero.