III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Premios. (BOE-A-2022-2693)
Orden HFP/105/2022, de 16 de febrero, por la que se convocan el proceso de Reconocimiento del nivel de excelencia y los Premios a la Calidad e Innovación en la Gestión Pública, XV edición.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 43

Sábado 19 de febrero de 2022

Sec. III. Pág. 20898

Se hará pública la relación de organizaciones que hayan obtenido certificación de
excelencia al amparo de esta convocatoria:
https://www.mptfp.gob.es/portal/funcionpublica/gobernanza-publica/calidad/
reconocimiento/certificaciones/organizaciones.html
Sexto.

Premio a la Excelencia en la Gestión Pública.

1. La Dirección General de Gobernanza Pública notificará a las organizaciones que
hayan sido certificadas conforme al apartado Quinto anterior con una puntuación
superior a 400 puntos, y así lo hayan manifestado en su solicitud, su acceso, a la
segunda fase consistente en el Premio a la Excelencia en la Gestión Pública.
No podrán optar al Premio aquellas organizaciones que hayan sido ganadoras del
mismo, no así de accésit o mención especial, en cualquiera de las tres convocatorias
anteriores.
Asimismo, la Dirección General de Gobernanza Pública seleccionará las
organizaciones que, aunque no hayan alcanzado dicha puntuación, puedan ser
candidatas a la mención especial contemplada en el artículo 12.2 de la Orden
TFP/967/2019, de 18 de septiembre.
La Dirección General de Gobernanza Pública elaborará un informe para el Jurado,
con los resultados de la evaluación de todas las candidaturas.
2. Además, excepcionalmente, de conformidad con la disposición transitoria tercera
de la Orden TFP/967/2019, de 18 de septiembre, podrán presentar su solicitud de
participación directa en la convocatoria del Premio a la Excelencia en la Gestión Pública,
aquellas organizaciones que, ya se encontraran en posesión de una certificación CAF o
EFQM + 400 o + 500 de la Dirección General de Gobernanza Pública, de AEVAL, del
Club Excelencia en Gestión vía Innovación o de cualquier otra entidad reconocida que
promueva la excelencia, vigente en la fecha de entrada en vigor de esta Orden.
Estas solicitudes deberán cursarse en sede electrónica, según estipula el apartado
Tercero de esta Orden, y acompañarlas de la Memoria a la que se refiere el apartado
Quinto. 2.c) de esta Orden. En dichos casos se producirá la visita de evaluación prevista
en el artículo 5 de la Orden TFP/967/2019, de 18 de septiembre, y las organizaciones
recibirán un informe de retorno de la Dirección General de Gobernanza Pública.
3. La valoración y resolución del Premio a la Excelencia en la Gestión Pública se
producirá conforme a lo previsto en el capítulo IV de la Orden TFP/967/2019, de 18 de
septiembre. A tal efecto, por la persona titular de la Dirección General de Gobernanza
Pública se designará un Jurado que estará constituido por un máximo de siete y un
mínimo de cinco miembros.
Séptimo. Premio a la Innovación en la Gestión Pública.
1. La solicitud para presentarse al Premio a la Innovación en la Gestión Pública,
acompañada de la Memoria elaborada conforme a las indicaciones del Anexo 2.1 de
esta Orden, se realizará en la sede electrónica, en el procedimiento de Premio a la
Innovación en la Gestión Pública:

2. No se podrá presentar la misma práctica que en la edición anterior, salvo que en
la nueva memoria se presenten cambios sustanciales que la modifiquen claramente,
tanto en sus fines como en su contenido material, estructura por criterios y evidencias.
Tampoco se permitirá que la misma práctica se presente a dos modalidades en la
misma edición, es decir al Premio innovación y al Premio ciudadanía, por lo que la
organización deberá escoger cuidadosamente la modalidad más adecuada para su
candidatura.
3. Aquellas organizaciones que reúnan todas las condiciones de participación
exigidas y hayan formalizado su solicitud en el plazo previsto, recibirán el 4 de abril

cve: BOE-A-2022-2693
Verificable en https://www.boe.es

https://sede.administracionespublicas.gob.es/procedimientos/portada/idp/152