III. Otras disposiciones. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2022-2679)
Resolución CLT/119/2022, de 27 de enero, por la que se incoa expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona arqueológica, a favor del conjunto arqueológico de Boades, y en la categoría de monumento histórico y zona arqueológica, y de delimitación de su entorno de protección, a favor de la Torre del Breny, en el término municipal de Castellgalí (Bages), y se abre un periodo de información pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 42

Viernes 18 de febrero de 2022

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III. OTRAS DISPOSICIONES

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA
2679

Resolución CLT/119/2022, de 27 de enero, por la que se incoa expediente de
declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona
arqueológica, a favor del conjunto arqueológico de Boades, y en la categoría
de monumento histórico y zona arqueológica, y de delimitación de su entorno
de protección, a favor de la Torre del Breny, en el término municipal de
Castellgalí (Bages), y se abre un periodo de información pública.

1. Incoar expediente de declaración de Bien Cultural de Interés Nacional, en la
categoría de Zona Arqueológica, a favor del conjunto arqueológico de Boades, y en la
categoría de Monumento Histórico y Zona Arqueológica, y de delimitación de su entorno
de protección, a favor de la Torre del Breny, en el término municipal de Castellgalí
(Bages). Esta delimitación consta grafiada en el plano que figura en el expediente
administrativo.
2. Notificar esta Resolución a las persones interesadas, dar traslado de la misma al
Ayuntamiento de Castellgalí y hacerle saber que, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 9.3 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, esta
incoación comporta la suspensión de la tramitación de las licencias de parcelación,
edificación o derribo en la zona afectada, y también la suspensión de los efectos de las
licencias ya concedidas. No obstante, el Departamento de Cultura puede autorizar la
realización de las obras que sea manifiesto que no perjudican a los valores culturales del
bien. Esta autorización debe ser previa a la concesión de la licencia municipal, salvo que
se trate de licencias concedidas antes de la publicación de la presente Resolución.
3. Abrir un periodo de información pública de acuerdo con lo previsto en el
artículo 8.2 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán.
Durante el plazo de un mes, a contar desde la publicación de esta Resolución en
el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya», el expediente estará a disposición de
todos los que quieran examinarlo en la sede de la Dirección General del Patrimonio
Cultura (Palau Moja, calle Portaferrissa, núm. 1, 08002 Barcelona), o en la sede de los
Servicios Territoriales del Departamento de Cultura en la Catalunya Central (plaza Major,
núm.
37,
08500
Vic)
o
electrónicamente,
previa
petición,
en
la
dirección arqueopaleo@gencat.cat. Durante este plazo se podrá alegar lo que se
considere conveniente sobre el expediente mencionado.
4. Comunicar esta Resolución al Registro de Bienes Culturales de Interés Nacional
para su anotación preventiva y dar traslado de la misma al Registro General de Bienes
de Interés Cultural de la Administración del Estado.
Barcelona, 27 de enero de 2022.–La Consejera de Cultura, Natàlia Garriga Ibáñez.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2022-2679
Verificable en https://www.boe.es

El 19 de noviembre de 2021 la Dirección General del Patrimonio Cultural emitió
informe favorable a la incoación del expediente de declaración de Bien Cultural de
Interés Nacional, en la categoría de Zona Arqueológica, a favor del conjunto
arqueológico de Boades, y en la categoría de Monumento Histórico y Zona Arqueológica,
y de delimitación de su entorno de protección, a favor de la Torre del Breny, en el término
municipal de Castellgalí (Bages).
Visto lo dispuesto en la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural
catalán, resuelvo: