III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2022-2676)
Resolución de 8 de febrero de 2022, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se publica el Convenio de cooperación educativa con la Universidad de Salamanca, para la realización de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 42

Viernes 18 de febrero de 2022

Sec. III. Pág. 20839

Proyecto Formativo
Objetivo Educativo:
Se establecerá considerando las
competencias básicas, genéricas y/o
específicas que debe adquirir el
estudiante.
Funciones y actividades

Adquirir experiencia de primera mano en el funcionamiento estratégico de
la autoridad española de competencia y de supervisión regulatoria.

Colaboración en las tareas propias de …………

Los contenidos de la práctica se
definirán de forma que aseguren la
relación directa con el objetivo
educativo.
Tutor en la universidad
Nombre y apellidos del tutor

Departamento

Correo electrónico

Teléfono

Obligaciones del estudiante:
El estudiante declara tener conocimiento de los términos del acuerdo de cooperación
educativa al que se acoge este anexo y asumirlos en la formulación y contenido
convenidos. Especialmente, el estudiante se compromete a:
– Incorporarse a la CNMC en la fecha acordada.
– Cumplir el horario previsto y respetar sus normas de funcionamiento, seguridad y
prevención de riesgos laborales.
– Cumplir el proyecto formativo siguiendo las indicaciones de los tutores.
– Guardar confidencialidad en relación con la información interna de la CNMC y
guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante su estancia y una vez
finalizada esta. Asimismo, deberá observar la normativa vigente en materia de propiedad
intelectual e industrial, y protección de secretos comerciales e industriales, siguiendo las
directrices e instrucciones de la CNMC en esta materia.
– A la conclusión de las prácticas, elaborar y entregar al tutor de la Universidad una
Memoria Final.

– Acoger al estudiante y organizar sus actividades con arreglo a lo establecido en el
proyecto formativo.
– Supervisar, orientar y controlar el desarrollo de las prácticas, y prestar ayuda al
estudiante en la resolución de las cuestiones que pueda necesitar en el desempeño de la
actividad que realiza.
– Informar al estudiante de la organización y funcionamiento de la entidad y de la
normativa de interés, especialmente la relativa a la seguridad y riesgos laborales.

cve: BOE-A-2022-2676
Verificable en https://www.boe.es

Obligaciones de la CNMC: