III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2022-2673)
Resolución de 14 de febrero de 2022, de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social, por la que se publica el Convenio con la Comunitat Valenciana, para la realización de un proyecto para la inclusión social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 42

Viernes 18 de febrero de 2022

Sec. III. Pág. 20813

Generalitat, por el que se nombra a las personas titulares de las vicepresidencias y de
las consellerias, conforme a la autorización conferida para la firma del presenta convenio
por Acuerdo del Consell reunido en su sesión de 21 de enero de 2022.
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad
para obligarse y convenir, y
EXPONEN
Primero.
Que la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo
vital crea y regula la prestación no contributiva de Seguridad Social del ingreso mínimo
vital como prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las
personas que vivan solas o integradas en una unidad de convivencia, cuando se
encuentren en situación de vulnerabilidad por carecer de recursos económicos
suficientes para la cobertura de sus necesidades básicas.
Sin embargo, más allá de la prestación monetaria, la atención integral de las
personas más vulnerables requiere de un conjunto de políticas que garanticen su
derecho a la plena inclusión social y laboral.
Las políticas de inclusión tienen un carácter horizontal que debe desarrollarse a
través de intervenciones coordinadas en diferentes ámbitos, entre los que se encuentran
principalmente: los servicios sociales, el empleo, la sanidad, la educación, la vivienda, el
suministro energético y las competencias digitales.
Segundo.
Que corresponde a la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y
Previsión Social, de acuerdo con el Real Decreto 497/2020, de 28 de abril, por el que se
desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones, la elaboración y desarrollo de la política del Gobierno en materia de
inclusión; el diseño, impulso y evaluación de políticas que tienen por finalidad ayudar a la
incorporación y la participación en la sociedad, en igualdad de oportunidades, de los
colectivos más desfavorecidos, así como las actuaciones orientadas a propiciar la
eficacia de las prestaciones y la sostenibilidad del sistema de la Seguridad Social; y, el
impulso, elaboración, coordinación y seguimiento de las políticas, estrategias, planes y
programas de actuación en materia de inclusión; la definición de objetivos de inclusión y
desarrollo de un sistema de indicadores con los que llevar a cabo la medición,
seguimiento y evaluación de los objetivos de inclusión.

Que de acuerdo con lo previsto en el artículo 31 de la Ley 19/2021, de 20 de
diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital, el Ministerio de Inclusión,
Seguridad Social y Migraciones promoverá, en el ámbito de sus competencias, las
estrategias de inclusión de las personas beneficiarias del ingreso mínimo vital mediante
la cooperación y colaboración con los departamentos ministeriales, las comunidades
autónomas, las entidades locales, las organizaciones empresariales y sindicales más
representativas, así como con las entidades del Tercer Sector de Acción Social.
Cuarto.
La Generalitat Valenciana, de conformidad con el Estatuto de Autonomía de la
Generalitat Valenciana, es competente en materia de servicios sociales y, a través de la
Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas tiene atribuida las competencias relativas al
desarrollo y gestión de la renta valenciana de inclusión y otras prestaciones sociales e
itinerarios de inclusión social, así como la gestión de los programas de acción social y

cve: BOE-A-2022-2673
Verificable en https://www.boe.es

Tercero.