I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Fertilizantes. (BOE-A-2022-2621)
Orden APA/104/2022, de 11 de febrero, por la que se modifican los anexos I, II, III y VI del Real Decreto 506/2013, de 28 de junio, sobre productos fertilizantes.
65 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 42

Viernes 18 de febrero de 2022

Formas, solubilidades y contenido en elementos nutrientes que deben declararse como se especifica en las columnas 4, 5 y 6
Granulometría

Sec. I. Pág. 20574

Información para la identificación de los abonos Otros requisitos

N

P2O5

K2O

N

P2O5

K2O

1

2

3

4

5

6

(1) Nitrógeno total

(1) Nitrógeno total

(2) Nitrógeno nítrico

(2) Si una de las formas de nitrógeno de (2) a

(3) Nitrógeno amoniacal

K2O soluble en agua

(5) alcanza al menos el 1 % en masa, el

(4) Nitrógeno ureico

contenido en esa forma de nitrógeno deberá

(5) Nitrógeno cianamídico

declararse

1.4.2.3

(1) Óxido de potasio soluble en agua
(2) La indicación «pobre en cloruro» equivaldrá
a un contenido máximo de 2 % Cl
(3) El contenido en cloruro podrá declararse

Abonos NK (cont.)

Denominación del tipo:

Abono NK que contiene crotonilidendiurea, isobutilidendiurea o urea formaldehído según los casos

Información sobre la forma de obtención:

Producto obtenido químicamente, que contiene crotonilidendiurea, isobutilidendiurea o urea folmaldehído, sin adición de materia orgánica de origen animal o
vegetal
– Total: 18 % (N + K2O);

Contenidos mínimos en elementos nutrientes (porcentaje en masa):

– Para cada uno de los elementos nutrientes:
– 5%N
Al menos ¼ del contenido de nitrógeno total declarado debe proceder de la forma de nitrógeno (5), (6) o (7). Al menos 3/5 del contenido de nitrógeno (7) declarado
deben ser solubles en agua caliente
– 5 % K2O.

cve: BOE-A-2022-2621
Verificable en https://www.boe.es

1.4.2.3.2