III. Otras disposiciones. COMUNITAT VALENCIANA. Municipios. Denominaciones. (BOE-A-2022-2683)
Decreto 115/2021, de 10 de septiembre, del Consell, de aprobación del cambio de denominación de Alcocer de Planes por la forma exclusiva en valenciano «Alcosser».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 42

Viernes 18 de febrero de 2022

Sec. III. Pág. 20863

III. OTRAS DISPOSICIONES

COMUNITAT VALENCIANA
2683

Decreto 115/2021, de 10 de septiembre, del Consell, de aprobación del
cambio de denominación de Alcocer de Planes por la forma exclusiva en
valenciano «Alcosser».

El Pleno del Ayuntamiento de Alcocer de Planes en sesión de 14 de abril de 2021,
por mayoría absoluta del número legal de sus miembros, acordó aprobar el cambio de
denominación del municipio de Alcocer de Planes, por la forma exclusiva en valenciano
«Alcosser», de conformidad con el informe de la Sección de Onomástica de la Acadèmia
Valenciana de la Llengua de 29 de marzo de 2021.
Consta en el expediente el cumplimiento del trámite de información pública en el
«Boletín Oficial de la Provincia de Alicante» de 27 de abril de 2021, y el anuncio en la
sede electrónica de la entidad local, por el plazo reglamentario, y la acreditación de la no
presentación de alegaciones.
La Dirección General de Régimen Jurídico Autonómico y Local del Ministerio de
Política Territorial y Función Pública certificó el 28 de junio de 2021 que, consultados los
datos del Registro de Entidades Locales, la nueva denominación de Alcosser propuesta
por el municipio de Alcocer de Planes no coincide con la de ningún municipio inscrito en
dicho Registro.
El Pleno de la Acadèmia Valenciana de la Llengua acordó el 25 de junio de 2021
considerar que el nombre más adecuado del topónimo es Alcosser.
El artículo 21.1 de la Ley 8/2010, de 23 de junio, de régimen local de la Comunitat
Valenciana, en relación con el artículo 13.2 del Decreto 69/2017, de 2 de junio, del
Consell, de regulación de los criterios y procedimiento para el cambio de denominación
de los municipios y otras entidades locales de la Comunitat Valenciana, dispone que
corresponde al Consell, mediante decreto, la aprobación del cambio de la denominación
de los municipios.
En la tramitación del procedimiento se han cumplido todas las prescripciones legales
y se ha tramitado el procedimiento de acuerdo con el Decreto 69/2017.
En consecuencia, de acuerdo con el artículo 28.c de la Ley 5/1983, de 30 de
diciembre, de la Generalitat, del Consell, a propuesta del president de la Generalitat,
previa deliberación del Consell, en la reunión de 10 de septiembre de 2021, decreto:

Aprobar el cambio de denominación del municipio de Alcocer de Planes por la forma
exclusiva en valenciano «Alcosser».
Las referencias que se hubieren realizado a la denominación anterior se entenderán
hechas, a partir de la publicación de este decreto en el «Boletín Oficial del Estado», a la
nueva denominación.
Contra este decreto, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo
establecido en el artículo 114 c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas interesadas
podrán interponer los siguientes recursos:
a) Directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, en el plazo
de dos meses contados a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de
este decreto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

cve: BOE-A-2022-2683
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