II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE SANIDAD. Cuerpo de Farmacéuticos Titulares. (BOE-A-2022-2561)
Resolución de 7 de febrero de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Farmacéuticos Titulares.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 41

Jueves 17 de febrero de 2022

Sec. II.B. Pág. 20277

9.8 El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la
concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá
hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá
a la exclusión del aspirante.
9.9 En ningún caso el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación
de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo
supondrá la sustitución del trámite de presentación de la solicitud de participación en el
proceso selectivo en tiempo y forma.
9.10 Los aspirantes que se encuentren en los siguientes supuestos deberán
presentar la siguiente documentación adicional:
a) Los aspirantes con discapacidad que soliciten adaptaciones o ajustes razonables
de tiempos y medios para la realización de los ejercicios y pruebas del proceso selectivo,
incluyendo el curso selectivo, deberán adjuntar el dictamen técnico facultativo emitido
por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma
fehaciente la/s deficiencia/s permanente/s que hayan dado origen al grado de
discapacidad reconocido, para que el tribunal calificador pueda valorar la procedencia o
no de la concesión de la adaptación solicitada.
b) Los aspirantes incluidos en los párrafos a), b) y c) de la base décima.1.2 de la
Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, deberán acompañar a su solicitud los documentos
que acrediten las condiciones que aleguen sobre su nacionalidad.
c) Aquellos aspirantes que tengan la condición de funcionarios españoles en
organismos internacionales presentarán los certificados y documentos previstos en la
base decimotercera de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio.
10.

Embarazo de riesgo o parto

Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de
embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada
a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas,
no pudiendo demorarse estas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los
aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá
ser valorado por el tribunal calificador y, en todo caso, la realización de las mismas
tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el
proceso selectivo.
11.

Relaciones con el ciudadano

A lo largo del proceso selectivo se irá publicando en las páginas web del punto de
acceso general (https://administracion.gob.es) y del Ministerio de Sanidad (http://
www.mscbs.gob.es) toda la información relacionada con los diferentes aspectos del
desarrollo del mismo.
En todo caso, sólo tendrán efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por los
medios de notificación y publicidad previstos en estas bases.
Selección de personal funcionario interino

Con objeto de reducir los plazos de incorporación de personal funcionario interino y
hacer efectiva la aplicación de los principios de mérito y capacidad en la selección de
ese personal, el órgano calificador de este proceso selectivo, a la finalización del mismo,
podrá elaborar una relación de posibles candidatos para el nombramiento como
funcionarios interinos, con la duración, características y funcionamiento que establezca
el órgano convocante, de conformidad con lo establecido en el apartado 19 del artículo 3
de Real Decreto 211/2019, de 29 de marzo, y el apartado vigésimo de la Orden HFP/
688/2017, de 20 de julio.

cve: BOE-A-2022-2561
Verificable en https://www.boe.es

12.