III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2022-2608)
Resolución de 7 de febrero de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Tesorería General de la Seguridad Social y la Comunidad Autónoma de Andalucía, sobre intercambio recíproco de información.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 17 de febrero de 2022

Sec. III. Pág. 20498

– Formular propuestas y recomendaciones en materias relacionadas con la
adecuación de los accesos a los ficheros informáticos y bases de datos gestionados por
la TGSS, en particular de:
• Propuesta de modificación de contenidos de las transacciones, si por razón de los
mismos pudiera concurrir alguna situación de riesgo en la protección de datos
personales.
• Control específico de las autorizaciones de los usuarios, pudiendo comportar su
suspensión o retirada definitiva cuando se advierta un uso inadecuado de las mismas.
– Administrar las transacciones SILCON específicamente referidas al sistema de
auditorías, así como las diseñadas para la creación, mantenimiento y cese de auditores,
activación y desactivación de perfiles y seguimiento de rastros de los accesos. A tal fin la
Unidad Nacional de Auditorias elaborará las solicitudes y propuestas necesarias a la
Gerencia de Informática de la Seguridad Social.
– Realizar auditorías específicas de accesos indebidos al Sistema de
Confidencialidad cuando se produzcan denuncias por los titulares de los datos a los que
se ha accedido, cualquiera que sea su lugar de presentación y tramitar de forma
centralizada todas las denuncias y comunicaciones que tengan entrada sobre cualquier
forma de vulneración de protección de datos o accesos indebidos a los ficheros a cargo
de la TGSS.
– Coordinar y preparar la información que requiera la Dirección General de la TGSS
para su relación institucional centralizada con la Agencia Española de Protección de
Datos. A este fin, deberá ser remitido a la Unidad Nacional de Auditorias cualquier
escrito o solicitud que se reciba de dicha Agencia.
El procedimiento concreto de auditoría se pondrá en conocimiento de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía por parte de la Dirección
Provincial en Sevilla de la TGSS antes del inicio de la auditoría trimestral que proceda, la
cual explicará dicho proceso y solicitará los datos personales del auditor delegado.
– Asignación/Desasignación de un Departamento al Auditor Delegado del
Organismo externo.
Una vez que el presente convenio sea eficaz las partes se comunicarán los datos de
las personas que realizarán las funciones de auditoría. Igual obligación existirá cuando
se produzca un cambio en dichas personas.
9.2 Por parte de la Comunidad Autónoma de Andalucía. En términos recíprocos, la
Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía podrá realizar auditorías de los
accesos realizados a sus sistemas de información a través de los sistemas y medios
informáticos que determine y apruebe la Comisión Mixta de Control y Seguimiento.
Se realizarán todos los controles, informes y auditorías periódicas que estime
necesarias para velar por el adecuado cumplimiento de la normativa vigente a los fines
establecidos en el presente convenio, así como para verificar la eficacia de las medidas
de seguridad relacionadas con los accesos realizados por parte de los usuarios
autorizados de la TGSS, los registros de dichos accesos, los listados e informes
elaborados.
Si como consecuencia de las actuaciones de control o auditoría o por causa de
denuncia o comunicación, se detectase cualquier tipo de irregularidad relacionada con la
utilización de datos, antecedentes, registros o informes con finalidad distinta a la propia
gestión de la Administración cesionaria, se abrirán de inmediato diligencias en orden al
completo esclarecimiento y, en su caso, a la exigencia de responsabilidades con
traslado, si procede, a la autoridad de control en materia de protección de datos y a la
autoridad judicial correspondiente.

cve: BOE-A-2022-2608
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Núm. 41