III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2022-2606)
Resolución de 7 de febrero de 2022, de la Entidad Pública Empresarial ENAIRE, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Sevilla, para el desarrollo de programas de cooperación educativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 41

Jueves 17 de febrero de 2022

Sec. III. Pág. 20475

En caso de no observar lo dispuesto en la normativa sobre protección de datos, cada
parte será única responsable por el uso, tratamiento o comunicación indebida que pueda
hacer de los datos objeto de tratamiento, ante cualquier reclamación por parte de los
afectados o en virtud de inspección por parte de la Autoridad de Control competente.
Asimismo, las partes se obligan a mantener la confidencialidad respecto a los datos
de carácter personal, y a no cederlos de forma no autorizada, cumpliendo diligentemente
el deber de guarda y custodia, comprometiéndose a adoptar las medidas necesarias de
índole técnica y organizativa que garanticen la seguridad de los datos de carácter
personal a que se tenga acceso y a evitar su alteración, tratamiento, pérdida y acceso no
autorizados.
Respecto al tratamiento de datos personales del que es responsable la Universidad
de Sevilla, se informa que se realiza con la finalidad de: «Gestionar los programas de
prácticas académicas externas y/o empleo en entidades privadas u organismos públicos
de los estudiantes de la Universidad de Sevilla y egresados universitarios, posibilitando
el acercamiento entre éstos y las empresas u organismos que participan en los
programas», estando legitimado por ser necesario para la ejecución de un contrato en el
que el interesado es parte, para el cumplimiento de una obligación legal y el
cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes
públicos conferidos al responsable del tratamiento. Asimismo, en su caso, se legitima por
el consentimiento expreso e informado del interesado.
Se puede obtener más información en el siguiente enlace:
http://alojaservicios.us.es/spee/gestion-convenios/proteccion-datos.
Este informe se presenta a los efectos oportunos y a fin de someterse a la valoración
del Responsable del Tratamiento, sin perjuicio de otro criterio mejor fundado en Derecho,
quedando a su disposición para cualquier duda, aclaración o ampliación sobre el mismo.
Asimismo, se dicta en ejercicio de las funciones de asesoramiento y supervisión que,
de acuerdo con el artículo 39 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y
del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo
que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos
competen a la persona que ostenta el cargo de Delegado de Protección de Datos.
Sexta.

Difusión.

La Universidad y ENAIRE se autorizan recíprocamente a utilizar sus respectivos
logotipos como entidades colaboradoras exclusivamente en la difusión y publicidad de
las actividades objeto del presente Convenio, sujeto a las reglas e instrucciones que
ambas instituciones puedan proporcionarse recíprocamente a tal efecto.
La Parte interesada deberá informar a la otra Parte de la forma en que se realizará
dicho uso, para que ésta exprese, por escrito, su consentimiento. Las condiciones
generales de utilización de la marca e imagen corporativa de la Universidad de Sevilla
están publicadas en https://www.us.es/laUS/imagen-corporativa.

Al objeto de dirimir las discrepancias surgidas sobre la interpretación, desarrollo,
modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación del presente
Convenio, así como posibles controversias relativas al incumplimiento de las condiciones
pactadas, las partes designarán una Comisión de Seguimiento formada por dos
miembros de la Universidad y dos representantes de ENAIRE.
Para la buena coordinación y seguimiento de las acciones y su óptimo desarrollo, los
responsables de ambas instituciones junto con el tutor de la práctica y/o del TFG/TFM
del Centro correspondiente, en el caso de la Universidad, y del tutor externo en el caso
de ENAIRE, estarán en contacto y comunicación permanente, reuniéndose siempre que
lo consideren conveniente, comprometiéndose a resolver, de mutuo acuerdo, todas las

cve: BOE-A-2022-2606
Verificable en https://www.boe.es

Séptima. Mecanismo de seguimiento, vigilancia y control.