III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2022-2606)
Resolución de 7 de febrero de 2022, de la Entidad Pública Empresarial ENAIRE, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Sevilla, para el desarrollo de programas de cooperación educativa.
13 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 41

Jueves 17 de febrero de 2022

Sec. III. Pág. 20478

El estudiante abajo firmante, declara su conformidad para realizar prácticas, al
amparo del Convenio arriba citado y ateniéndose a la normativa vigente. Asimismo, se
compromete a mantener la más estricta obligación de confidencialidad sobre toda
aquella información a la que pueda tener acceso, como consecuencia de realización de
las prácticas objeto del presente Convenio, siendo titulares de los derechos y deberes
establecidos en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las
prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
Cláusula Informativa Resumida Tratamiento «Prácticas en empresa US».
Respecto al tratamiento de datos personales del que es responsable la Universidad
de Sevilla, se informa que se realiza con la finalidad de:» Gestionar los programas de
prácticas académicas externas y/o empleo en entidades privadas u organismos públicos
de los estudiantes de la Universidad de Sevilla y egresados universitarios, posibilitando
el acercamiento entre éstos y las empresas u organismos que participan en los
programas», estando legitimado por ser necesario para la ejecución de un contrato en el
que el interesado es parte, para el cumplimiento de una obligación legal y el
cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes
públicos conferidos al responsable del tratamiento. Asimismo, en su caso, se legitima por
el consentimiento expreso e informado del interesado.
Se puede obtener más información en el siguiente enlace:
http://alojaservicios.us.es/spee/gestion-convenios/proteccion-datos
Y, en prueba de conformidad, firman el presente documento, por triplicado ejemplar,
en ..............., a ....... de ................ de 20...
El Tutor de la Universidad,

El Tutor de ENAIRE,

Firma del estudiante,

ANEXO II

1. Corresponde exclusivamente a la Universidad la selección de los alumnos que,
reuniendo los requisitos de titulación y experiencia exigidos en virtud del presente
Convenio, realicen las practicas encaminadas a la consecución del objetivo descrito en la
práctica individual, sin perjuicio de la verificación por parte de ENAIRE del cumplimiento
de aquellos requisitos.
2. La Universidad asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo,
la supervisión necesaria sobre los alumnos que realicen las prácticas. En particular,
asumirá la concesión de permisos, las sustituciones de los alumnos en casos de baja o
ausencia, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y
obligaciones se deriven de la relación entre Universidad y alumnos.
3. La Universidad velará especialmente porque los alumnos que realicen las
prácticas desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas
respecto de la actividad delimitada en el presente Convenio.
4. En virtud de la naturaleza de las prácticas que constituyen el objeto del presente
acuerdo, se autoriza a que los alumnos seleccionados realicen las mismas en las
dependencias de ENAIRE. Dichos alumnos no podrán tener acceso a los siguientes
servicios:
– Cursos de formación, salvo los que pudieran ser obligatorios, en su caso, en
materia de prevención de riesgos laborales.
– Uso del servicio médico, salvo en casos de urgencia debidamente justificados.
– Uso de gimnasio o instalaciones similares.
– Centro de Educación Infantil.
– Aparcamiento y zonas de estacionamiento reservado.
– Programas socio-culturales o prestaciones de acción social.

cve: BOE-A-2022-2606
Verificable en https://www.boe.es

Reglas especiales respecto de los alumnos pertenecientes a la Universidad