III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2022-2605)
Resolución de 15 de febrero de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el Ayuntamiento de Villanueva de Alcardete, en materia de seguridad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 41
Jueves 17 de febrero de 2022
Sec. III. Pág. 20461
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DEL INTERIOR
2605
Resolución de 15 de febrero de 2022, de la Secretaría General Técnica, por
la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el
Ayuntamiento de Villanueva de Alcardete, en materia de seguridad.
Habiéndose suscrito el 4 de febrero de 2022 el Convenio entre la Secretaría de
Estado de Seguridad (Dirección General de la Guardia Civil) y el Ayuntamiento de
Villanueva de Alcardete en materia de seguridad, procede la publicación en el «Boletín
Oficial del Estado» de dicho Convenio que figura como anexo a esta Resolución.
Madrid, 15 de febrero de 2022.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio
Puigserver Martínez.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad (Dirección General
de la Guardia Civil) y el Ayuntamiento de Villanueva de Alcardete en materia
de seguridad
Madrid, a 4 de febrero de 2022.
REUNIDOS
De una parte, don Rafael Pérez Ruiz, Secretario de Estado de Seguridad, cargo para
el que fue nombrado por el Real Decreto 84/2020, de 17 de enero, en uso de las
atribuciones que le confiere el artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
Y de otra parte, doña M.ª Dolores Verdúguez Flores, Alcaldesa del Ayuntamiento de
Villanueva de Alcardete, cargo que ostenta por Acuerdo del Pleno de fecha 15 de junio
de 2019, actuando en nombre y representación del mismo en virtud de las atribuciones
que le confiere el artículo 21.a y b de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las
Bases de Régimen Local, con domicilio a los efectos del presente convenio en Villanueva
de Alcardete.
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Por un lado, el artículo 149.1.29.ª de la Constitución Española establece que el
Estado tiene competencia exclusiva sobre la materia de seguridad pública.
Asimismo, el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad, establece que la seguridad pública es competencia exclusiva del
Estado, correspondiendo su mantenimiento al Gobierno de la Nación y, en concreto, al
Ministerio del Interior.
Por otro lado, al Ministerio del Interior, según el artículo 1.1 del Real
Decreto 734/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla su estructura orgánica
básica, le corresponde la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en relación
cve: BOE-A-2022-2605
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Primero.
Núm. 41
Jueves 17 de febrero de 2022
Sec. III. Pág. 20461
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DEL INTERIOR
2605
Resolución de 15 de febrero de 2022, de la Secretaría General Técnica, por
la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el
Ayuntamiento de Villanueva de Alcardete, en materia de seguridad.
Habiéndose suscrito el 4 de febrero de 2022 el Convenio entre la Secretaría de
Estado de Seguridad (Dirección General de la Guardia Civil) y el Ayuntamiento de
Villanueva de Alcardete en materia de seguridad, procede la publicación en el «Boletín
Oficial del Estado» de dicho Convenio que figura como anexo a esta Resolución.
Madrid, 15 de febrero de 2022.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio
Puigserver Martínez.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad (Dirección General
de la Guardia Civil) y el Ayuntamiento de Villanueva de Alcardete en materia
de seguridad
Madrid, a 4 de febrero de 2022.
REUNIDOS
De una parte, don Rafael Pérez Ruiz, Secretario de Estado de Seguridad, cargo para
el que fue nombrado por el Real Decreto 84/2020, de 17 de enero, en uso de las
atribuciones que le confiere el artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
Y de otra parte, doña M.ª Dolores Verdúguez Flores, Alcaldesa del Ayuntamiento de
Villanueva de Alcardete, cargo que ostenta por Acuerdo del Pleno de fecha 15 de junio
de 2019, actuando en nombre y representación del mismo en virtud de las atribuciones
que le confiere el artículo 21.a y b de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las
Bases de Régimen Local, con domicilio a los efectos del presente convenio en Villanueva
de Alcardete.
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Por un lado, el artículo 149.1.29.ª de la Constitución Española establece que el
Estado tiene competencia exclusiva sobre la materia de seguridad pública.
Asimismo, el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad, establece que la seguridad pública es competencia exclusiva del
Estado, correspondiendo su mantenimiento al Gobierno de la Nación y, en concreto, al
Ministerio del Interior.
Por otro lado, al Ministerio del Interior, según el artículo 1.1 del Real
Decreto 734/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla su estructura orgánica
básica, le corresponde la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en relación
cve: BOE-A-2022-2605
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