V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. (BOE-B-2022-4717)
Resolución de 14 de febrero de 2022 de la Subdelegación del Gobierno en Huesca sobre finalización y revocación de procedimientos sancionadores.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 41

Jueves 17 de febrero de 2022

Sec. V-B. Pág. 7698

‘’Las Administraciones Públicas podrán revocar, mientras no haya transcurrido el
plazo de prescripción, sus actos de gravamen o desfavorables, siempre que tal
revocación no constituya dispensa o exención no permitida por las leyes, ni sea
contraria al principio de igualdad, al interés público o al ordenamiento jurídico’’.
QUINTO.- La competencia para dictar la presente resolución sobre revocación
corresponde a este órgano, toda vez que la competencia para la resolución de
procedimientos administrativos sancionadores por infracciones graves en este
ámbito la ostentan los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas y
en las Ciudades de Ceuta y Melilla, de conformidad con el artículo 32.1.c) de la Ley
Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana.
Dicha competencia ha sido delegada en la Subdelegada del Gobierno en Huesca
mediante Resolución de fecha 14/07/2015 (BOE de 17/07/2015). En consecuencia
con todo lo anterior, vistos los antecedentes y fundamentos mencionados y en uso
de las facultades conferidas,
RESUELVO
PRIMERO.- Acordar la acumulación y la revocación de los procedimientos que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución, anulando las
resoluciones sancionadoras emitidas.
SEGUNDO.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín
Oficial del Estado de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, al apreciar razones de interés público.

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1642/2020
1778/2020
1781/2020
1788/2020
1800/2020
1806/2020
1810/2020
1815/2020
1823/2020
1830/2020
1832/2020
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1844/2020
1846/2020
1847/2020
1849/2020
1856/2020
1858/2020
1859/2020
1861/2020
1865/2020

28838258F
18174891S
49263390N
Y4208953J
Y4167852J
Y0207942J
Y0012405E
Y0043646Y
18172754V
X4956999Q
X9464489N
X8392728M
18174711L
Y4760517Z
18068375N
70067721S
18058620D
18100094Z
Y0118012J
X5916710Y
Y7232953L
43169401B

Sevilla
Sabiñánigo
Monzón
Monzón
Monzón
Peñalba
Fraga
Fraga
Jaca
Graus
Campo
Campo
Jaca
Peñalba
Barbastro
Huesca
Huesca
Barbastro
Fraga
Fraga
Fraga
Fraga

Resolución
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LO 4/2015
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LO 4/2015
LO 4/2015
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LO 4/2015
LO 4/2015
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LO 4/2015
LO 4/2015

cve: BOE-B-2022-4717
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La presente resolución no pone fin a la vía administrativa por lo que, de
acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la misma cabe
interponer recurso de Alzada ante el Ministro del Interior, en el plazo máximo de
UN MES contado desde el día siguiente a aquél en que se publique la presente
resolución.