I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. Medidas urgentes. (BOE-A-2022-2543)
Ley 5/2021, de 21 de diciembre, de medidas urgentes de impulso de los sectores primario, energético, turístico y territorial de Canarias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 41

Jueves 17 de febrero de 2022

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I. DISPOSICIONES GENERALES

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS
2543

Ley 5/2021, de 21 de diciembre, de medidas urgentes de impulso de los
sectores primario, energético, turístico y territorial de Canarias.

Sea notorio a todos los ciudadanos y ciudadanas que el Parlamento de Canarias ha
aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 47.1 del
Estatuto de Autonomía de Canarias, promulgo y ordeno la publicación de la Ley 5/2021,
de 21 de diciembre, de medidas urgentes de impulso de los sectores primario,
energético, turístico y territorial de Canarias.
ÍNDICE
Capítulo I.

Medidas sobre intervención administrativa en materia de costas.

Artículo 1. Declaración responsable para la ejecución de obras en construcciones e
instalaciones anteriores a la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas.
Capítulo II.

Medidas en materia de sector eléctrico.

Artículo 2. Reducción de plazos en los procedimientos de autorización de
instalaciones eléctricas.
Artículo 3. Conformidad de las solicitudes de autorización con el planeamiento
vigente.
Artículo 4. Presentación de la documentación técnica en formato digital.
Artículo 5. Modificaciones sustanciales no relevantes de instalaciones autorizadas
de generación eléctrica a partir de fuentes renovables, que se encuentren en ejecución.
Capítulo III.

Acciones de renovación y modernización turística.

Artículo 6. Tramitación simplificada de actuaciones de renovación y modernización
turística.
Artículo 7. Incentivos y medidas de seguridad sanitaria en las actuaciones de
renovación y modernización de establecimientos turísticos.
Capítulo IV. Medidas en materia de actividades clasificadas.

Disposición adicional primera. Relación de las actuaciones de renovación y
modernización turística derivadas de la aplicación de esta ley.
Disposición adicional segunda. Definiciones en materia turística.
Disposición adicional tercera. Actividades no incluidas en los grandes
establecimientos comerciales
Disposición adicional cuarta. Regularización administrativa de instalaciones
eléctricas de baja tensión en explotación en el ámbito del reglamento por el que se
regulan los procedimientos administrativos relativos a la ejecución y puesta en servicio
de las instalaciones eléctricas en Canarias, aprobado por Decreto 141/2009, de 10 de
noviembre.
Disposición adicional quinta. Creación de la Agencia canaria de la energía.
Disposición transitoria primera. Procedimientos de autorización ya iniciados con
arreglo a la disposición transitoria cuarta de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas.

cve: BOE-A-2022-2543
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 8. Instalación y ampliación de la superficie de ocupación de terrazas sin
incremento del aforo.