III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2022-2522)
Resolución de 7 de febrero de 2022, de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se publica el Convenio con la Federación de Empresas de la Rioja, para el establecimiento de Puntos de Atención al Emprendedor integrados en la Red CIRCE.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 40

Miércoles 16 de febrero de 2022

Sec. III. Pág. 19877

CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
Constituye el objeto del presente Convenio las bases de colaboración entre las
partes para el establecimiento de PAE en oficinas pertenecientes a la entidad.
Segunda.

Obligaciones de las partes.

La entidad se compromete a encargarse, a través de sus PAE, de facilitar la creación
de nuevas empresas, el inicio efectivo de su actividad y su desarrollo, a través de la
prestación de servicios de información, tramitación de documentación, asesoramiento,
formación y apoyo a la financiación empresarial.
Los PAE utilizarán el sistema de tramitación telemática del CIRCE, cuya sede
electrónica se ubica en el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, y en ellos se
deberá iniciar la tramitación del DUE.
El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, actuando por medio de la DGIPYME:
– Pondrá a disposición de los PAE el sistema CIRCE, como herramienta esencial
para la tramitación telemática.
– Prestará, con medios propios, soporte técnico para la puesta en marcha de los
sistemas informáticos de los PAE que se comuniquen con el sistema CIRCE.
– Prestará, con medios propios, servicios de asistencia técnica y soporte a la red en
lo que se refiere a la atención de consultas y resolución de los problemas que surjan en
el uso del CIRCE.
– Pondrá a disposición de los PAE, las herramientas de gestión empresarial
elaboradas por ella disponibles en la Plataforma PYME.
Tercera.

Servicios de los PAE.

A. El PAE proporcionará con carácter obligatorio los siguientes servicios a los
emprendedores:
1. Información general sobre los aspectos legales, fiscales, contables y de
Seguridad Social propios de la sociedad de responsabilidad limitada, del empresario
individual y del emprendedor de responsabilidad limitada, así como de cualesquiera otras
formas jurídicas que puedan incorporarse al Documento Único Electrónico.
2. Realización de la tramitación para la constitución e inicio de actividad de
empresas mediante el sistema de tramitación telemática CIRCE y utilizando el PACDUE
(Programa de Ayuda a la Cumplimentación del Documento Único Electrónico). Este
servicio deberá prestarse con carácter gratuito. El PAE se compromete a informar a los
emprendedores de la gratuidad del servicio y de la utilización del DUE.
3. Información sobre las ayudas públicas aplicables al proyecto empresarial. Para
ello, podrá utilizar la base de datos de ayudas disponible en www.pae.es.
Serán servicios opcionales los siguientes:

1. Información general dirigida a emprendedores relacionada con el ejercicio de la
actividad.
2. Realización de la tramitación para el ejercicio de la actividad mediante el sistema
de tramitación electrónica CIRCE y utilizando el PACDUE.
3. Información general dirigida a emprendedores relacionada con el cese de la
actividad.
4. Realización de la tramitación para el cese de la actividad mediante el sistema de
tramitación electrónica CIRCE y utilizando el PACDUE.

cve: BOE-A-2022-2522
Verificable en https://www.boe.es

B.