II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS. Destinos. (BOE-A-2022-2487)
Resolución de 10 de febrero de 2022, de la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se resuelve el concurso general, convocado por Resolución de 26 de noviembre de 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 40

Miércoles 16 de febrero de 2022

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS
2487

Resolución de 10 de febrero de 2022, de la Agencia Española de Protección
de Datos, por la que se resuelve el concurso general, convocado por
Resolución de 26 de noviembre de 2021.

Por Resolución de 26 de noviembre de 2021 (BOE núm. 293, de 8 de diciembre) se
convocó concurso general para la provisión de varios puestos de trabajo vacantes en la
Agencia Española de Protección de Datos.
Una vez realizado el procedimiento establecido en el artículo 20.1.a) y c) de la
Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, según
redacción dada al mismo por la Ley 23/1988, de 28 de julio, de modificación de la
anterior, cumplidas las bases de la convocatoria del concurso, valorados los méritos
alegados por los aspirantes a los puestos convocados y teniendo en cuenta la propuesta
elaborada por la Comisión de Valoración.
Esta agencia acuerda resolver el concurso, de conformidad con los siguientes
apartados:
Primero.
Adjudicar los destinos que se relacionan en el Anexo I, a los funcionarios que se
mencionan en los mismos.
Segundo.
Los destinos adjudicados tienen la consideración de voluntarios y, en consecuencia,
no generarán derecho a indemnización por concepto alguno. Asimismo, serán
irrenunciables salvo que, antes de finalizar el plazo de toma de posesión, el interesado
obtenga otro destino, bien por el procedimiento de libre designación o por concurso
convocado por otros departamentos o comunidades autónomas, en cuyo caso, de optar
por uno de estos destinos, vendrá obligado a comunicar por escrito la renuncia del
puesto adjudicado y la opción ejercitada, con indicación del departamento en el que
hubiera obtenido destino, así como la forma de provisión y fecha de nombramiento.

El plazo de toma de posesión en el nuevo destino obtenido será de tres días hábiles
si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes si comporta cambio de
residencia o el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del
cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de
la resolución del concurso en el «Boletín Oficial del Estado». Si la resolución comporta el
reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde
dicha publicación.

cve: BOE-A-2022-2487
Verificable en https://www.boe.es

Tercero.