I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2022-2462)
Real Decreto 126/2022, de 15 de febrero, por el que se modifican el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, el Real Decreto 373/2020, de 18 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, y el Real Decreto 1081/2017, de 29 de diciembre, por el que se establece el régimen de funcionamiento de la Oficina de Coordinación y Calidad Normativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 40

Miércoles 16 de febrero de 2022

Sec. I. Pág. 19530

y la gestión de las retribuciones, las relaciones con las organizaciones sindicales y
asociaciones profesionales de empleados públicos y la negociación colectiva.
f) La elaboración de los planes de formación del personal y la dirección de su
ejecución y la planificación, dirección y gestión de la acción social y de los
programas de salud laboral y atención a las condiciones de trabajo.
g) El desarrollo de los sistemas de información necesarios para el
funcionamiento de los servicios, el impulso de la transformación digital y la
innovación en el departamento.
h) La coordinación de la política informática del Ministerio en materia de
adquisición de equipos informáticos, diseño, desarrollo e implantación de sistemas
de información, portal web y sede electrónica.
i) La inspección, supervisión y análisis de los servicios del departamento,
incluyendo la elaboración de estudios y análisis organizativos, de retribuciones, de
procedimientos administrativos y de procesos de gestión y métodos de trabajo, la
reducción de cargas administrativas, la tramitación de los procedimientos de
compatibilidad y de régimen disciplinario del personal del Departamento y de sus
organismos autónomos, así como la coordinación y la supervisión de la política de
protección de datos del departamento.
2. Dependen de la Dirección General de Servicios los siguientes órganos,
con nivel orgánico de subdirección general:
a) La Oficialía Mayor, a la que corresponde el ejercicio de las funciones
indicadas en las letras c) y d) del apartado 1 de este artículo.
b) La Subdirección General de Recursos Humanos, a la que corresponde el
ejercicio de las funciones indicadas en las letras e) y f) del apartado 1 de este
artículo.
c) La Oficina Presupuestaria y de Gestión Económica, a la que corresponde
el ejercicio de las funciones indicadas en las letras a) y b) del apartado 1 de este
artículo.
d) La Subdirección General de Tecnologías de la Información y
Comunicaciones, a la que corresponde el ejercicio de las funciones indicadas en
las letras g) y h) del apartado 1 de este artículo.»
Artículo tercero. Modificación del Real Decreto 1081/2017, de 29 de diciembre, por el
que se establece el régimen de funcionamiento de la Oficina de Coordinación y
Calidad Normativa.
El Real Decreto 1081/2017, de 29 de diciembre, por el que se establece el régimen
de funcionamiento de la Oficina de Coordinación y Calidad Normativa, queda modificado
como sigue:
Uno.

El apartado 2 del artículo 1 queda redactado del siguiente modo:

Dos.

La letra b) del artículo 3 queda redactada en los siguientes términos:

«b) Aprobar los informes elaborados por la Oficina, bajo la superior dirección
del titular de la Secretaría General Técnica-Secretariado del Gobierno del
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.»

cve: BOE-A-2022-2462
Verificable en https://www.boe.es

«La Oficina de Coordinación y Calidad Normativa depende de la Secretaría
General Técnica–Secretariado del Gobierno del Ministerio de la Presidencia,
Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, y tiene rango de Subdirección
General.»