I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2022-2462)
Real Decreto 126/2022, de 15 de febrero, por el que se modifican el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, el Real Decreto 373/2020, de 18 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, y el Real Decreto 1081/2017, de 29 de diciembre, por el que se establece el régimen de funcionamiento de la Oficina de Coordinación y Calidad Normativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 16 de febrero de 2022

Sec. I. Pág. 19528

desempeñadas por España, el Ministerio de la Presidencia se encontraba dotado de una
Dirección General de Recursos Humanos, Servicios e Infraestructura que facilitaba la
coordinación e impulso de las funciones de la Subsecretaría del Departamento. Así se
estableció en el Real Decreto 1281/2000, de 30 de junio, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de la Presidencia, y en el Real
Decreto 1039/2009, de 29 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica
del Ministerio de la Presidencia y se modifica el Real Decreto 438/2008, de 14 de abril,
por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
Teniendo en cuenta lo anteriormente expresado, así como la creciente complejidad
de las funciones asumidas por la Subsecretaría del Departamento, es preciso completar
y actualizar la estructura orgánica del mismo con el establecimiento de una Dirección
General de Servicios bajo dependencia directa del titular de la Subsecretaría, y de la que
pasarán a depender la Oficialía Mayor, la Subdirección General de Recursos Humanos,
la Oficina Presupuestaria y de Gestión Económica y la Subdirección General de
Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
Asimismo, este real decreto modifica la dependencia orgánica de la Oficina de
Coordinación y Calidad Normativa, que pasa a depender directamente de la Secretaría
General Técnica-Secretariado del Gobierno, en razón de las materias propias de su
competencia.
El presente real decreto se fundamenta en lo previsto en el artículo 59.1 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, que regula la creación, modificación y supresión de los
órganos del mismo rango que los regulados en esta norma.
Finalmente, este real decreto se adecúa a los principios de buena regulación del
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. Así, atiende a la necesidad de los fines perseguidos
con la norma, siendo la regulación prevista eficaz y proporcionada en el cumplimiento de
dicho propósito, sin afectar en forma alguna a los derechos y deberes de la ciudadanía.
La norma cumple también con el principio de proporcionalidad, dado que se ha atendido
de manera exclusiva a los objetivos perseguidos con la regulación imprescindible. En
cuanto al principio de seguridad jurídica, se ha garantizado la coherencia del proyecto
normativo con el resto del ordenamiento jurídico. Cumple también con el principio de
transparencia, en la medida en que la norma identifica claramente su propósito y la
memoria del análisis de impacto normativo, accesible a la ciudadanía, ofrece una
explicación completa de su contenido. También se adecúa al principio de eficiencia, ya
que no impone cargas administrativas y pretende maximizar el buen funcionamiento de
los recursos públicos.
En su virtud, a iniciativa del Ministro de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y
Memoria Democrática, a propuesta de la Ministra de Hacienda y Función Pública, y
previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 15 de febrero de 2022,
DISPONGO:
Artículo primero. Modificación del Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que
se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
El párrafo C) del artículo 11 del Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se
establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, queda
redactado del siguiente modo:
«C) La Subsecretaría de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y
Memoria Democrática, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Secretaría General Técnica-Secretariado del Gobierno, con rango de
Dirección General.
2.º La Dirección General de Servicios.»

cve: BOE-A-2022-2462
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Núm. 40