I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2022-2460)
Real Decreto 124/2022, de 15 de febrero, por el que se modifican el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, y el Real Decreto 509/2020, de 5 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura y Deporte.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 40

Miércoles 16 de febrero de 2022

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I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
Real Decreto 124/2022, de 15 de febrero, por el que se modifican el Real
Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura
orgánica básica de los departamentos ministeriales, y el Real Decreto
509/2020, de 5 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica
básica del Ministerio de Cultura y Deporte.

La estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura y Deporte se establece a
partir del Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los
departamentos ministeriales y del Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se
establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
De acuerdo con el artículo 15 del Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, corresponde
al Ministerio de Cultura y Deporte la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en
materia de promoción, protección y difusión del patrimonio histórico español, de los
museos estatales y de las artes, del libro, la lectura y la creación literaria, de las
actividades cinematográficas y audiovisuales y de los libros y bibliotecas estatales, así
como la promoción y difusión de la cultura en español, el impulso de las acciones de
cooperación cultural y, en coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión
Europea y Cooperación, de las relaciones internacionales en materia de cultura.
Asimismo, le corresponde la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia
de deporte.
En este marco, con arreglo a lo dispuesto en la disposición final segunda del Real
Decreto 139/2020, de 28 de enero, y de conformidad con el artículo 59.1 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se aprobó el Real
Decreto 509/2020, de 5 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica
del Ministerio de Cultura y Deporte, actualizando las funciones atribuidas a los órganos
directivos, hasta el nivel orgánico de subdirección general, con el fin de conseguir la
máxima eficacia y racionalización en el cumplimiento de sus objetivos.
La norma proyectada atiende a la necesidad del cambio de nombre de la Dirección
General de Bellas Artes, que depende directamente de la Secretaría General de Cultura
y Deporte, órgano directivo introducido por el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, al
que corresponde la superior dirección de las competencias del Departamento en materia
de cultura y la coordinación de las políticas deportivas.
Las competencias atribuidas a la citada dirección general trascienden la clasificación
histórica de las Bellas Artes y están directamente relacionadas con el actual concepto de
patrimonio cultural, abierto a otros ámbitos como lo inmaterial, lo industrial,
contemporáneo, subacuático o los paisajes culturales como garantes de un importante
valor patrimonial. En este sentido, además de la ejecución de las competencias estatales
en materia de patrimonio histórico que dimanen de los tratados internacionales suscritos
por España, y especialmente la supervisión, coordinación y en su caso ejecución de las
medidas de protección previstas en la Convención de 23 de noviembre de 1972 para la
protección del patrimonio mundial, cultural y natural, corresponde a esta dirección
general la gestión de las competencias atribuidas al Estado en materia de patrimonio
cultural inmaterial; la identificación, documentación, apoyo y salvaguardia de las artes y
los oficios tradicionales que constituyen el patrimonio etnográfico en colaboración, en su
caso, con el Centro de Investigación del Patrimonio Etnológico, con otros departamentos
ministeriales y con las comunidades autónomas; y la gestión de cuantas medidas
correspondan al Estado en el ámbito del patrimonio industrial, de las rutas culturales y
del paisaje, en colaboración, si procede, con otros departamentos ministeriales.

cve: BOE-A-2022-2460
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