II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2022-2414)
Resolución de 7 de febrero de 2022, de la Universidad de Alicante, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 39

Martes 15 de febrero de 2022
3.1

Sec. II.B. Pág. 19181

Tasa por derechos de participación:

De acuerdo con el artículo 7 de la Ley 3/2020, de 30 de diciembre, de la Generalitat,
de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la
Generalitat 2021 (DOGV de 31 de diciembre de 2021), que modifica el artículo 14.4-5 del
Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat de Tasas (DOGV de 30 de diciembre
de 2017), el importe de la tasa es de 35 euros.
Podrá abonarse directamente desde la aplicación cuando realice la solicitud o
acceder posteriormente desde su expediente de Administración Electrónica.
Estarán exentos del pago de la tasa:
a) Las personas aspirantes con una discapacidad igual o superior al 33 %. Deberán
presentar certificación de la Consellería correspondiente u órganos competentes de otras
administraciones públicas, que acredite discapacitación igual o superior al 33 %.
b) Los miembros de familias numerosas de categoría especial y los miembros de
familias monoparentales de categoría especial. (Ley Tasas Generalitat 30.12.17). Los
miembros de familias numerosas de categoría general y los miembros de familias
monoparentales de categoría general disfrutarán de una bonificación del 50 %. En ambos
casos deberán presentar copia del título oficial de familia numerosa o título oficial de
familia monoparental.
c) Las víctimas de actos de violencia sobre la mujer que acrediten esta condición
mediante cualquiera de los medios de prueba previstos en el artículo 9.1 y 9.2 de la
Ley 7/2012, de 23 de noviembre, de la Generalitat, integral contra la violencia sobre la
mujer en el ámbito de la Comunidad Valenciana.
d) Las personas que figuren como demandantes de empleo con una antigüedad de,
al menos, tres meses anterior a la fecha de la convocatoria. Para el disfrute de la exención
serán requisitos que no hubieran rechazado, en el plazo de que se trate, oferta de empleo
adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de
promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas
superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional. La acreditación
relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos previstos en la ley, se
solicitará en la correspondiente oficina del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). En
cuanto a la acreditación de las rentas se realizará mediante una declaración escrita del
solicitante. Ambos documentos deberán adjuntarse a la solicitud.
Los documentos acreditativos de alguna de las situaciones de exención de tasas
recogidas en los apartados a) a d) deberán adjuntarse en el apartado «Justificante
exención de tasas» de la aplicación informática.
Si el pago realizado no se corresponde con el importe de la tasa, para subsanar
deberá realizar el pago de la tasa completa y posteriormente solicitar la devolución de la
cantidad abonada inicialmente.
3.2

Documentación a adjuntar en la solicitud.

a) Copia del documento nacional de identidad o en caso de personas extranjeras,
del documento que acredite su identidad, nacionalidad y fecha de nacimiento.
b) Copia del documento justificativo de la acreditación, de acuerdo con lo
establecido en la base 2.2.1.
c) Hoja de servicios o documento que acredite el cumplimiento del requisito
establecido en la base 2.2.2. Quienes tengan la condición de funcionarios de la
Universidad de Alicante estarán exentos de justificar este requisito.
d) Para la acreditación del requisito recogido en la base 2.1.2, deberá aportar copia
del documento que acredite un conocimiento adecuado de cualquiera de las lenguas
oficiales de la Comunidad Valenciana para el desarrollo de sus funciones. En su defecto,

cve: BOE-A-2022-2414
Verificable en https://www.boe.es

Deberá anexarse en el apartado «Documentos adjuntos» de la aplicación
informática.