III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Convenio. (BOE-A-2022-2452)
Resolución de 7 de febrero de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Tesorería General de la Seguridad Social y el Principado de Asturias, sobre intercambio de información.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 39
Martes 15 de febrero de 2022
Sec. III. Pág. 19484
La Comunidad Autónoma será responsable frente la TGSS de cualquier reclamación
derivada del uso indebido que se haga por los usuarios de los datos cedidos. La TGSS
podrá repetir contra la Comunidad Autónoma por cualquier indemnización que deba
satisfacer derivado de dicho incumplimiento.
Decimoquinta.
Régimen económico.
La firma del presente convenio no conlleva contraprestación económica por ninguna
de las partes.
En prueba de conformidad, las partes implicadas firman el presente convenio, en la
fecha indicada en el pie de firma, tomándose como fecha de formalización del presente
documento la fecha del último firmante.–En Madrid, a 4 de febrero de 2022.–Por la
Tesorería General de la Seguridad Social, el Director General de la Tesorería General de
la Seguridad Social, Andrés Harto Martínez.–Por la Administración del Principado de
Asturias, la Consejera de Presidencia del Gobierno del Principado de Asturias, Rita
Camblor Rodríguez.
ANEXO I
Compromiso usuario SILCON
Don/doña .....................................................................................................................,
con DNI .................................., adscrito/a .........................................................................,
por el presente documento
COMUNICA
Que, de conformidad con lo dispuesto en Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, y de la Orden
de 17 de enero de 1996, sobre control de accesos al sistema informático de la Seguridad
social, en el caso de que las funciones que desarrolle o los trabajos que realice conlleven
su alta como usuario del sistema informático, adquiere el compromiso de utilizar las
transacciones con los fines exclusivos de gestión para los que sea autorizado y está
obligado a guardar el secreto profesional sobre los datos de que tenga conocimiento,
siendo responsable de todos los accesos que se realicen a los ficheros informáticos
mediante su contraseña personal y el código de acceso facilitado.
Que el incumplimiento de las obligaciones indicadas, el acceso a la información por
usuario no autorizado, la asignación de procesos o transacciones no necesarios para la
función encomendada y la falta de custodia o secreto de la identificación personal de
acceso, dará lugar a la exigencia de responsabilidades administrativas, en concreto las
establecidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y Garantía de los Derechos Digitales, así como a responsabilidades de
cualquier otra naturaleza, incluso penales.
cve: BOE-A-2022-2452
Verificable en https://www.boe.es
En ................................., a ........ de .......................... de ...............
Núm. 39
Martes 15 de febrero de 2022
Sec. III. Pág. 19484
La Comunidad Autónoma será responsable frente la TGSS de cualquier reclamación
derivada del uso indebido que se haga por los usuarios de los datos cedidos. La TGSS
podrá repetir contra la Comunidad Autónoma por cualquier indemnización que deba
satisfacer derivado de dicho incumplimiento.
Decimoquinta.
Régimen económico.
La firma del presente convenio no conlleva contraprestación económica por ninguna
de las partes.
En prueba de conformidad, las partes implicadas firman el presente convenio, en la
fecha indicada en el pie de firma, tomándose como fecha de formalización del presente
documento la fecha del último firmante.–En Madrid, a 4 de febrero de 2022.–Por la
Tesorería General de la Seguridad Social, el Director General de la Tesorería General de
la Seguridad Social, Andrés Harto Martínez.–Por la Administración del Principado de
Asturias, la Consejera de Presidencia del Gobierno del Principado de Asturias, Rita
Camblor Rodríguez.
ANEXO I
Compromiso usuario SILCON
Don/doña .....................................................................................................................,
con DNI .................................., adscrito/a .........................................................................,
por el presente documento
COMUNICA
Que, de conformidad con lo dispuesto en Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, y de la Orden
de 17 de enero de 1996, sobre control de accesos al sistema informático de la Seguridad
social, en el caso de que las funciones que desarrolle o los trabajos que realice conlleven
su alta como usuario del sistema informático, adquiere el compromiso de utilizar las
transacciones con los fines exclusivos de gestión para los que sea autorizado y está
obligado a guardar el secreto profesional sobre los datos de que tenga conocimiento,
siendo responsable de todos los accesos que se realicen a los ficheros informáticos
mediante su contraseña personal y el código de acceso facilitado.
Que el incumplimiento de las obligaciones indicadas, el acceso a la información por
usuario no autorizado, la asignación de procesos o transacciones no necesarios para la
función encomendada y la falta de custodia o secreto de la identificación personal de
acceso, dará lugar a la exigencia de responsabilidades administrativas, en concreto las
establecidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y Garantía de los Derechos Digitales, así como a responsabilidades de
cualquier otra naturaleza, incluso penales.
cve: BOE-A-2022-2452
Verificable en https://www.boe.es
En ................................., a ........ de .......................... de ...............