II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Nombramientos. (BOE-A-2022-2332)
Acuerdo de 9 de febrero de 2022, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se amplía en una las plazas de Jueces y Juezas sustitutos/as de los Juzgados de la provincia de Lleida y se nombra Jueza sustituta para el año judicial 2021/2022, en el ámbito del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 39

Martes 15 de febrero de 2022

Sec. II.A. Pág. 19009

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
2332

Acuerdo de 9 de febrero de 2022, de la Comisión Permanente del Consejo
General del Poder Judicial, por el que se amplía en una las plazas de Jueces
y Juezas sustitutos/as de los Juzgados de la provincia de Lleida y se nombra
Jueza sustituta para el año judicial 2021/2022, en el ámbito del Tribunal
Superior de Justicia de Cataluña.

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del
día de la fecha, ha acordado ampliar en una las plazas de jueces/zas sustitutos/as de los
juzgados de Lleida, Balaguer, Cervera, La Seu d'Urgell, Solsona, Tremp y Vielha e
Mijaran, y nombrar para el año judicial 2021-2022, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 109 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, a la jueza
sustituta que a continuación se relaciona, en el ámbito del Tribunal Superior de Justicia
de Cataluña:
Doña Laia Paniagua Marvá, jueza sustituta de los juzgados de Lleida, Balaguer,
Cervera, La Seu d'Urgell, Solsona, Tremp y Vielha e Mijaran, previa renuncia a su cargo
de jueza sustituta de los juzgados de Barcelona, Arenys de Mar, Badalona, Berga,
Cerdanyola del Vallès, Cornellà de Llobregat, Esplugues de Llobregat, Gavà, Granollers,
L'Hospitalet de Llobregat, Igualada, Manresa, Martorell, Mataró, Mollet del Vallès, El Prat
de Llobregat, Rubí, Sabadell, Sant Boi de Llobregat, Sant Feliu de Llobregat, Santa
Coloma de Gramenet, Terrassa, Vic, Vilafranca del Penedès, Vilanova i la Geltrú
(Barcelona), Girona, La Bisbal d'Empordà, Blanes, Figueres, Olot, Puigcerdà, Ripoll, Sant
Feliu de Guíxols, Santa Coloma de Farners (Girona), Lleida, Balaguer, Cervera, La Seu
d'Urgell, Solsona, Tremp, Vielha e Mijaran (Lleida) y Tarragona, Amposta, Falset,
Gandesa, Reus, Tortosa, Valls y El Vendrell (Tarragona).
Contra este acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la
Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses,
contados a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante la Comisión
Permanente, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación del
presente acuerdo. En este último caso, no se podrá interponer el recurso contenciosoadministrativo, hasta que se haya resuelto el recurso de reposición o se haya producido
la desestimación presunta del mismo.

cve: BOE-A-2022-2332
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 9 de febrero de 2022.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial,
Carlos Lesmes Serrano.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X