II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2022-2292)
Resolución de 8 de febrero de 2022, de la Universidad de Castilla-La Mancha, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 38
Lunes 14 de febrero de 2022
Sec. II.B. Pág. 18655
procedimiento selectivo de concurrencia competitiva se llevarán a cabo a través de la
aplicación corporativa de convocatorias de la UCLM ubicada en la página web institucional,
en la dirección: https://convocatorias.rrhh.uclm.es/index.aspx?t=3
2.
Publicación
2.1 La presente convocatoria se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en el
«Diario Oficial de Castilla-La Mancha». Para el cómputo de plazos a efectos de la
presentación de solicitudes se tendrá en cuenta, la fecha de publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
2.2 El tiempo transcurrido entre la publicación de esta convocatoria en el «Boletín
Oficial del Estado» y la resolución del concurso no podrá exceder de cuatro meses, salvo
en los supuestos de suspensión o ampliación del plazo por impugnación u otras causas
justificadas apreciadas por el Rector/a. A estos efectos, durante el mes de agosto, no
tendrán lugar actuaciones de la Comisión.
3.
Requisitos de los candidatos
Para ser admitido a las presentes pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir
los siguientes requisitos:
3.1
Requisitos generales:
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del
Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) No exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por ley
podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el
acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo
o escala de funcionario. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse
inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo
público.
e) Tener un adecuado conocimiento de la lengua castellana. Dicho requisito, deberá
ser acreditado a lo largo del proceso selectivo para lo cual, la Comisión de Selección
correspondiente podrá establecer las pruebas específicas destinadas a verificar el
cumplimiento de este requisito.
Requisitos específicos:
Estar acreditado de acuerdo con lo establecido en los artículos 12 y 13 y
disposiciones adicionales primera, segunda, tercera y cuarta del Real
Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece el sistema de acreditación
nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios. Asimismo, podrán
presentarse a los concursos de acceso quienes resultaran habilitados conforme a lo
establecido en el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema
de habilitación nacional para el acceso a Cuerpos de Funcionarios Docentes
Universitarios y el régimen de los concursos respectivos.
Del mismo modo, podrán concursar a las plazas convocadas en los respectivos
cuerpos, los funcionarios y funcionarias de los Cuerpos de Profesores/as Titulares de
Universidad. A todos los efectos se entenderá que están habilitados para Profesores/as
Titulares de Universidad los actuales Catedráticos/as de Escuela Universitaria y los
profesores que se hubiesen habilitados como Catedráticos/as de Escuela Universitaria.
cve: BOE-A-2022-2292
Verificable en https://www.boe.es
3.2
Núm. 38
Lunes 14 de febrero de 2022
Sec. II.B. Pág. 18655
procedimiento selectivo de concurrencia competitiva se llevarán a cabo a través de la
aplicación corporativa de convocatorias de la UCLM ubicada en la página web institucional,
en la dirección: https://convocatorias.rrhh.uclm.es/index.aspx?t=3
2.
Publicación
2.1 La presente convocatoria se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en el
«Diario Oficial de Castilla-La Mancha». Para el cómputo de plazos a efectos de la
presentación de solicitudes se tendrá en cuenta, la fecha de publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
2.2 El tiempo transcurrido entre la publicación de esta convocatoria en el «Boletín
Oficial del Estado» y la resolución del concurso no podrá exceder de cuatro meses, salvo
en los supuestos de suspensión o ampliación del plazo por impugnación u otras causas
justificadas apreciadas por el Rector/a. A estos efectos, durante el mes de agosto, no
tendrán lugar actuaciones de la Comisión.
3.
Requisitos de los candidatos
Para ser admitido a las presentes pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir
los siguientes requisitos:
3.1
Requisitos generales:
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del
Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) No exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por ley
podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el
acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo
o escala de funcionario. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse
inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo
público.
e) Tener un adecuado conocimiento de la lengua castellana. Dicho requisito, deberá
ser acreditado a lo largo del proceso selectivo para lo cual, la Comisión de Selección
correspondiente podrá establecer las pruebas específicas destinadas a verificar el
cumplimiento de este requisito.
Requisitos específicos:
Estar acreditado de acuerdo con lo establecido en los artículos 12 y 13 y
disposiciones adicionales primera, segunda, tercera y cuarta del Real
Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece el sistema de acreditación
nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios. Asimismo, podrán
presentarse a los concursos de acceso quienes resultaran habilitados conforme a lo
establecido en el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema
de habilitación nacional para el acceso a Cuerpos de Funcionarios Docentes
Universitarios y el régimen de los concursos respectivos.
Del mismo modo, podrán concursar a las plazas convocadas en los respectivos
cuerpos, los funcionarios y funcionarias de los Cuerpos de Profesores/as Titulares de
Universidad. A todos los efectos se entenderá que están habilitados para Profesores/as
Titulares de Universidad los actuales Catedráticos/as de Escuela Universitaria y los
profesores que se hubiesen habilitados como Catedráticos/as de Escuela Universitaria.
cve: BOE-A-2022-2292
Verificable en https://www.boe.es
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