V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. (BOE-B-2022-4376)
Resolución de 7 de febrero de 2022, de la Subdelegación del Gobierno en Córdoba, de finalización y archivo de procedimientos sancionadores.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 38
Lunes 14 de febrero de 2022
Sec. V-B. Pág. 7013
cuando en la instrucción del procedimiento se ponga de manifiesto que concurre
alguna de las siguientes circunstancias:
c) Cuando los hechos probados no constituyan, de modo manifiesto, infracción
administrativa".
En consecuencia con todo lo anterior, vistos los antecedentes y fundamentos
mencionados y en uso de las facultades conferidas,
RESUELVO
Primero.- Acordar la acumulación de los procedimientos sancionadores que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución.
Segundo.- Declarar finalizados los procedimientos sancionadores que figuran
relacionados en el Anexo de la presente resolución, con archivo de las actuaciones
seguidas en los mismos.
Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial
del Estado de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, al
apreciar razones de interés público.
Expediente/Año
12101/2021
12102/2021
12104/2021
12105/2021
12106/2021
12109/2021
12110/2021
12112/2021
12114/2021
12116/2021
12117/2021
12118/2021
12119/2021
12120/2021
12121/2021
12122/2021
12124/2021
12125/2021
12126/2021
12127/2021
12130/2021
12131/2021
12133/2021
12135/2021
Identificador Infractor
26827225W
30548510W
30951026H
50627440R
26827225W
46073923R
30996843L
28783864P
45888825F
X8775532C
26827225W
34026978L
31016402M
30951365N
30974648L
31012628A
31011242C
Y7072172P
X6302734K
50604689C
45747669W
50605224A
32025712Y
30972764K
cve: BOE-B-2022-4376
Verificable en https://www.boe.es
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa por lo que, de
acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la misma cabe
interponer recurso de Alzada ante el Ministro del Interior, en el plazo máximo de un
mes contado desde el día siguiente a aquél en que se publique la presente
resolución.
Núm. 38
Lunes 14 de febrero de 2022
Sec. V-B. Pág. 7013
cuando en la instrucción del procedimiento se ponga de manifiesto que concurre
alguna de las siguientes circunstancias:
c) Cuando los hechos probados no constituyan, de modo manifiesto, infracción
administrativa".
En consecuencia con todo lo anterior, vistos los antecedentes y fundamentos
mencionados y en uso de las facultades conferidas,
RESUELVO
Primero.- Acordar la acumulación de los procedimientos sancionadores que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución.
Segundo.- Declarar finalizados los procedimientos sancionadores que figuran
relacionados en el Anexo de la presente resolución, con archivo de las actuaciones
seguidas en los mismos.
Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial
del Estado de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, al
apreciar razones de interés público.
Expediente/Año
12101/2021
12102/2021
12104/2021
12105/2021
12106/2021
12109/2021
12110/2021
12112/2021
12114/2021
12116/2021
12117/2021
12118/2021
12119/2021
12120/2021
12121/2021
12122/2021
12124/2021
12125/2021
12126/2021
12127/2021
12130/2021
12131/2021
12133/2021
12135/2021
Identificador Infractor
26827225W
30548510W
30951026H
50627440R
26827225W
46073923R
30996843L
28783864P
45888825F
X8775532C
26827225W
34026978L
31016402M
30951365N
30974648L
31012628A
31011242C
Y7072172P
X6302734K
50604689C
45747669W
50605224A
32025712Y
30972764K
cve: BOE-B-2022-4376
Verificable en https://www.boe.es
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa por lo que, de
acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la misma cabe
interponer recurso de Alzada ante el Ministro del Interior, en el plazo máximo de un
mes contado desde el día siguiente a aquél en que se publique la presente
resolución.