III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2022-2322)
Resolución de 4 de febrero de 2022, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con Pasos de Gigantes, AIE, para la organización de un concierto incluido en el ciclo "Fronteras" de la programación del Centro Nacional de Difusión Musical en su temporada 2021-2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 38

Lunes 14 de febrero de 2022

Sec. III. Pág. 18953

actividades o la comunicación cultural entre las Comunidades Autónomas en las
materias propias del organismo, de acuerdo con ellas.
II. Que «Pasos de Gigantes, AIE» tiene por objeto la contratación, representación y
gestión de artistas musicales, así como la organización, promoción y producción de
espectáculos musicales.
III. Que las partes están interesadas en la organización de un concierto incluido en
el ciclo de «Fronteras», de la programación del Centro Nacional de Difusión Musical, y,
en virtud de cuanto queda expuesto, manifiestan su voluntad de colaboración
suscribiendo el presente convenio, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

El objeto de este convenio es establecer las bases de colaboración entre el Instituto
Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (en adelante, el INAEM) y «Pasos de
Gigantes, Agrupación de Interés Económico» (en adelante, La Agrupación), con objeto
de organizar conjuntamente la celebración de un concierto integrado en el ciclo
«Fronteras», programado por el Centro Nacional de Difusión Musical (en adelante,
CNDM) durante su temporada 2021-2022.
Segunda.

Actuaciones a realizar por las partes.

La actuación consistirá en:
– Concierto a realizar por la agrupación Philip Glass Ensemble.
Lugar: Sala Sinfónica del Auditorio Nacional de Música.
Fecha: 30 de mayo de 2022.
Como consecuencia de la crisis sanitaria del COVID-19, la fecha de la actuación
dispuesta en la presente cláusula podría estar sujeta a cambios en función de la
evolución de la mencionada crisis y las medidas de prevención que puedan acordarse.
Este cambio de fecha se realizará en el marco de la vigencia del convenio y mediante
acuerdo de las partes en la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula sexta.
Tercera. Obligaciones y compromisos económicos asumidos por las partes.
Del presente convenio no se derivan contraprestaciones económicas entre las partes
que lo firman.
Para llevar a cabo el objeto de este convenio:
El INAEM se encargará y correrá con los siguientes gastos:

– Cesión de la sala sinfónica del Auditorio Nacional de Música.
– Cesión y afinación de un piano Steinway, propiedad del INAEM.
– Diseño, maquetación y edición de los programas de mano y de hojas volanderas
del concierto con cargo a la aplicación presupuestaria 24.107.335A.280.16 por importe
máximo 1.000,00 euros, IVA incluido.
– Realización de inserciones publicitarias por importe máximo de 1.000,00 euros,
IVA incluido. Dicho importe será abonado a la empresa adjudicataria del contrato
correspondiente y se imputará a la aplicación presupuestaria 24.107.335A.280.18.
– Difusión del concierto por sus canales habituales.
La estimación económica de la participación del INAEM se cuantifica en un máximo
de dos mil euros (2.000,00 €), IVA incluido, con cargo al ejercicio presupuestario 2022.
Adicionalmente, la puesta a disposición de la sala sinfónica del Auditorio Nacional de
Música para la ejecución del objeto de este convenio está valorada en doce mil
setecientos setenta y cinco euros y treinta y un céntimos (12.775,31 €).

cve: BOE-A-2022-2322
Verificable en https://www.boe.es

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