II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Destinos. (BOE-A-2022-2251)
Acuerdo de 3 de febrero de 2022, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se resuelve el concurso convocado por Acuerdo de 15 de julio de 2021, en los órganos técnicos del Consejo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 38

Lunes 14 de febrero de 2022

Sec. II.A. Pág. 18492

D) Adjudicar un puesto de trabajo de administrativo nivel 20 con destino en el
Órgano Técnico: Secretaría General. Gerencia (puesto D), con sede en Madrid a don
Noé Cuerva Socuéllamos, con DNI n.º***2367**.
En caso de que el funcionario a quien inicialmente se le hubiese adjudicado, no
tomase posesión del puesto, la plaza se declararía vacante.
El plazo de toma de posesión será de tres días hábiles, si no implica cambio de
residencia del adjudicatario/a o de un mes si comporta cambio de residencia o el
reingreso al servicio activo. El plazo de toma de posesión comenzará a contarse a partir
del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes a
la publicación del acuerdo de resolución del concurso en el «Boletín Oficial del Estado»,
así como el cambio de la situación administrativa que en cada caso corresponda, con la
salvedad descrita en el punto 7 de la norma quinta de la convocatoria y en el
artículo 48.3 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el
Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del
Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado. Si la resolución comporta
el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá contarse desde su
publicación.
Contra este Acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el plazo de dos meses a
partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Potestativamente, se podrá interponer recurso de reposición ante la Comisión
Permanente, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación
en el «Boletín Oficial del Estado». En este último caso, no se podrá interponer el recurso
contencioso-administrativo, hasta que se haya resuelto el recurso de reposición o se
haya producido la desestimación presunta del mismo.

cve: BOE-A-2022-2251
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 3 de febrero de 2022.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial,
Carlos Lesmes Serrano.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X