V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. (BOE-B-2022-3849)
Resolución de la Delegación del Gobierno en Cataluña sobre la declaración de la necesidad de ocupación de los bienes y adquisición de derechos afectados por la modificación sustancial de la Delimitación de Espacios y Usos Portuarios (DEUP) del Puerto de Tarragona, en el término municipal de Tarragona.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 35
Jueves 10 de febrero de 2022
Sec. V-B. Pág. 6292
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL
3849
Re solución de la De le gación de l Gobie rno e n Cataluña sobre la
declaración de la necesidad de ocupación de los bienes y adquisición
de derechos afectados por la modificación sustancial de la Delimitación
de Espacios y Usos Portuarios (DEUP) del Puerto de Tarragona, en el
término municipal de Tarragona.
Por Orden FOM/912/2019, de 7 de agosto de 2019 (BOE de 3 de septiembre),
se aprobó la modificación sustancial de la Delimitación de Espacios y Usos
Portuarios (DEUP) del Puerto de Tarragona, siguiendo los trámites de los artículos
69 y 70 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, texto refundido de
la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 69.5 del citado texto refundido, dicha
aprobación lleva implícita la declaración de utilidad pública a efectos expropiatorios
de los bienes de propiedad privada y de rescate de concesiones que requiera la
actuación portuaria, así como la afectación al uso portuario de los bienes de
dominio público y de los bienes patrimoniales incluidos en la zona de servicio que
sean de interés para el puerto.
En fecha 11 de octubre de 2021, la Autoridad Portuaria de Tarragona comunicó
a la Delegación del Gobierno en Cataluña la relación concreta e individualizada de
los bienes y derechos considerados de necesaria expropiación para la ejecución
de las obras de infraestructura proyectadas en el ámbito de la modificación
sustancial de la DEUP y solicitó que se acordase la necesidad de la ocupación.
La delegada del Gobierno en Cataluña, de conformidad con el artículo 18 de la
Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y con los artículos 16, 17
y 18 de su reglamento de aplicación, acordó, mediante resolución de 24 de
noviembre de 2021, someter a información pública la relación de bienes y
derechos afectados por la modificación de la DEUP, al objeto de que todos los
interesados y/o titulares de derechos reales o de intereses económicos sobre los
bienes afectados pudiesen presentar alegaciones en orden a subsanar y/o
rectificar los posibles errores u omisiones de la relación u oponerse por razones de
fondo o forma a la necesidad de ocupación.
A tal fin, se publicaron los correspondientes anuncios en el Boletín Oficial del
Estado número 292 de 07/12/2021, en el Boletín Oficial de la Provincia de
Tarragona de 15/12/2021, en el Diari de Tarragona del día 02/12/2021, y se insertó
edicto en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Tarragona.
No se han presentado alegaciones a la Resolución de información pública.
De conformidad con lo previsto en los artículos 20, 21 y 22 de la citada ley y
19, 20 y 21 del reglamento y en uso de la competencia otorgada por el artículo
73.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
RESUELVO
Primero - Declarar la necesidad de la ocupación de los bienes y la adquisición
de derechos afectados por la modificación sustancial de la Delimitación de Usos y
cve: BOE-B-2022-3849
Verificable en https://www.boe.es
Visto el informe emitido por la Abogacía del Estado al amparo del artículo 19.2
del citado reglamento,
Núm. 35
Jueves 10 de febrero de 2022
Sec. V-B. Pág. 6292
V. Anuncios
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MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL
3849
Re solución de la De le gación de l Gobie rno e n Cataluña sobre la
declaración de la necesidad de ocupación de los bienes y adquisición
de derechos afectados por la modificación sustancial de la Delimitación
de Espacios y Usos Portuarios (DEUP) del Puerto de Tarragona, en el
término municipal de Tarragona.
Por Orden FOM/912/2019, de 7 de agosto de 2019 (BOE de 3 de septiembre),
se aprobó la modificación sustancial de la Delimitación de Espacios y Usos
Portuarios (DEUP) del Puerto de Tarragona, siguiendo los trámites de los artículos
69 y 70 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, texto refundido de
la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 69.5 del citado texto refundido, dicha
aprobación lleva implícita la declaración de utilidad pública a efectos expropiatorios
de los bienes de propiedad privada y de rescate de concesiones que requiera la
actuación portuaria, así como la afectación al uso portuario de los bienes de
dominio público y de los bienes patrimoniales incluidos en la zona de servicio que
sean de interés para el puerto.
En fecha 11 de octubre de 2021, la Autoridad Portuaria de Tarragona comunicó
a la Delegación del Gobierno en Cataluña la relación concreta e individualizada de
los bienes y derechos considerados de necesaria expropiación para la ejecución
de las obras de infraestructura proyectadas en el ámbito de la modificación
sustancial de la DEUP y solicitó que se acordase la necesidad de la ocupación.
La delegada del Gobierno en Cataluña, de conformidad con el artículo 18 de la
Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y con los artículos 16, 17
y 18 de su reglamento de aplicación, acordó, mediante resolución de 24 de
noviembre de 2021, someter a información pública la relación de bienes y
derechos afectados por la modificación de la DEUP, al objeto de que todos los
interesados y/o titulares de derechos reales o de intereses económicos sobre los
bienes afectados pudiesen presentar alegaciones en orden a subsanar y/o
rectificar los posibles errores u omisiones de la relación u oponerse por razones de
fondo o forma a la necesidad de ocupación.
A tal fin, se publicaron los correspondientes anuncios en el Boletín Oficial del
Estado número 292 de 07/12/2021, en el Boletín Oficial de la Provincia de
Tarragona de 15/12/2021, en el Diari de Tarragona del día 02/12/2021, y se insertó
edicto en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Tarragona.
No se han presentado alegaciones a la Resolución de información pública.
De conformidad con lo previsto en los artículos 20, 21 y 22 de la citada ley y
19, 20 y 21 del reglamento y en uso de la competencia otorgada por el artículo
73.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
RESUELVO
Primero - Declarar la necesidad de la ocupación de los bienes y la adquisición
de derechos afectados por la modificación sustancial de la Delimitación de Usos y
cve: BOE-B-2022-3849
Verificable en https://www.boe.es
Visto el informe emitido por la Abogacía del Estado al amparo del artículo 19.2
del citado reglamento,