V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. (BOE-B-2022-3848)
Resolución de 4 de febrero de 2022, de la Subdelegación del Gobierno en Córdoba, de revocación de procedimientos sancionadores.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 35

Jueves 10 de febrero de 2022

Sec. V-B. Pág. 6288

Administraciones Públicas podrán revocar, mientras no haya transcurrido el plazo
de prescripción, sus actos de gravamen o desfavorables, siempre que tal
revocación no constituya dispensa o exención no permitida por las leyes, ni sea
contraria al principio de igualdad, al interés público o al ordenamiento jurídico".
Quinto.- La competencia para dictar la presente resolución sobre revocación
corresponde a este órgano, toda vez que la competencia para la resolución de
procedimientos administrativos sancionadores por infracciones graves corresponde
al Delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Andalucía, competencia
que fue delegada, para los hechos ocurridos en la provincia, en el Subdelegado del
Gobierno en Córdoba por resolución de 21 de septiembre de 2015, relativa a la
delegación de competencias en materia sancionadora sobre seguridad ciudadana
(B.O.E. de 25 de septiembre de 2015), de conformidad con el artículo 32.1.c) de la
Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana.
En consecuencia con todo lo anterior, vistos los antecedentes y fundamentos
mencionados y en uso de las facultades conferidas,
RESUELVO
Primero.- Acordar la acumulación y la revocación de los procedimientos que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución, anulando las
resoluciones sancionadoras emitidas.
Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín
Oficial del Estado de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, al apreciar razones de interés público.

Expediente/Año
6602/2020
6603/2020
6605/2020
6606/2020
6623/2020
6624/2020
6625/2020
6628/2020
6630/2020
6631/2020
6634/2020
6636/2020
6767/2020
6768/2020
6770/2020
6772/2020
6773/2020
6774/2020

Identificador Infractor
46268394F
30998192B
30791892K
30801059B
49835616K
30478399H
30479277E
54591013F
46266057Q
45943481S
54591957P
46070163J
31015880N
30821363Y
03834865Y
26825137F
31872123B
30822062S

cve: BOE-B-2022-3848
Verificable en https://www.boe.es

La presente resolución no pone fin a la vía administrativa por lo que, de
acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la misma cabe
interponer recurso de Alzada ante el Ministro del Interior, en el plazo máximo de un
mes contado desde el día siguiente a aquél en que se publique la presente
resolución.