III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2022-2159)
Resolución de 11 de enero de 2022, de la Dirección General de la Entidad Pública ENAIRE, por la que se publica el Convenio con la Universidad Rey Juan Carlos, para el desarrollo de programas de cooperación educativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 35

Jueves 10 de febrero de 2022

Sec. III. Pág. 17634

5. Remitir trimestralmente al correo electrónico practicas@enaire.es un
documento.xls en el cual se contemplen la totalidad de estudiantes que han
realizado/están realizando prácticas (numerados, sin especificar su nombre) al amparo
del presente convenio, según el formato siguiente:
Fecha de inicio de
vigencia del
convenio

Fecha de
vencimiento del
convenio

Número de
estudiante

Sexo

Titulación

Fecha
finalización
prácticas

ENAIRE

Tutor
académico

Tutor en
prácticas

6. Seleccionar a los alumnos que, reuniendo los requisitos de titulación y
experiencia exigidos en virtud del presente convenio, realicen las prácticas encaminadas
a la consecución del objetivo descrito en el documento de práctica individual, sin
perjuicio de la verificación por parte de ENAIRE del cumplimiento de aquellos requisitos.
7. Ejercer de modo real, efectivo y continuo, la supervisión necesaria sobre los
alumnos que realicen las prácticas. En particular, asumirá la concesión de permisos, las
sustituciones de los alumnos en casos de baja o ausencia, el ejercicio de la potestad
disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación entre la
Universidad y los alumnos.
8. Velar porque los alumnos que realicen las prácticas desarrollen su actividad sin
extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en el
presente convenio.
Cuarta.

Obligaciones de ENAIRE.

1. Facilitar al estudiante la realización de sus exámenes, en tanto que colabora en
un programa de formación universitaria.
2. Nombrar a un tutor que se responsabilizará de la formación de cada estudiante y
de la valoración de su estancia, facilitando al responsable o tutor académico de prácticas
del centro universitario donde esté matriculado el estudiante, el informe de
aprovechamiento de las prácticas a su finalización, en el que constará el tiempo de
prácticas realizado, las horas totales, su contenido, el grado de aprovechamiento y
participación, su rendimiento y las competencias adquiridas.
3. Dotar al estudiante de los medios materiales y servicios disponibles que permiten
garantizar el desarrollo de las actividades formativas planificadas, observando los
criterios de accesibilidad universal y diseño para todos, según lo dispuesto en el Real
Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión
social.
4. Observar y hacer observar las medidas de seguridad e higiene establecidas en el
centro de trabajo.
5. En el caso de las prácticas remuneradas, ENAIRE destinará, como máximo, por
cada ejercicio durante la vigencia del Convenio la cantidad de 65.000 € en concepto de
ayuda a los estudiantes, sujeta al cumplimiento de las obligaciones que les asisten en
virtud de lo dispuesto en el presente Convenio.
Dicha ayuda tiene por objeto sufragar los gastos en que el estudiante incurre como
consecuencia de la realización de las prácticas, tales como manutención,
desplazamiento, etc.
Quinta. Protección de datos y transparencia.
Las partes se comprometen a cumplir, en los términos que sea de aplicación, lo
establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta
al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se

cve: BOE-A-2022-2159
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Universidad