II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Funcionarios del Subgrupo C2. (BOE-A-2022-1022)
Acuerdo de 21 de diciembre de 2021, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca concurso para la provisión de puesto de trabajo en el Servicio de Relaciones Internacionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 19

Sábado 22 de enero de 2022

Sec. II.B. Pág. 7518

5. Los funcionarios/as que pertenezcan a dos o más cuerpos o escalas del mismo o
distinto subgrupo sólo podrán participar en el concurso desde uno de ellos. La
certificación deberá referirse a los requisitos y méritos correspondientes a dicho cuerpo o
escala, salvo para funcionarios destinados en el Consejo General del Poder Judicial.
6. No podrán participar en el concurso los funcionarios/as suspensos en firme,
mientras dure la suspensión.
Segunda. Baremo.
La valoración de los méritos para la adjudicación del puesto de trabajo se efectuará
de acuerdo con el siguiente baremo:
1.

Méritos generales (primera fase).

1.1

Valoración del grado personal.

Por tener consolidado y reconocido un grado personal, o por haber servido durante
dos años continuados o tres con interrupción en uno o más puestos de trabajo a los que
les corresponda un complemento de destino equivalente al de un determinado nivel de
puesto de trabajo, se adjudicarán hasta un máximo de 3 puntos, según la distribución
siguiente:
– Por la posesión del grado personal igual al del puesto convocado 3.
– Por la posesión del grado personal inferior en dos niveles al del puesto convocado:
2 puntos.
– Por la posesión del grado personal inferior en más de dos niveles al del puesto
convocado: 1 punto.
El grado reconocido fuera del ámbito de la Administración General del Estado se
valorará cuando se halle dentro del intervalo de niveles establecido en el artículo 71 del
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, para el grupo de titulación a que pertenezca el
funcionario. Si este excede del intervalo se valorará el grado máximo del intervalo
asignado a su grupo de titulación.
A los funcionarios de los cuerpos o escalas de la Administración de Justicia, se les
asignará por este apartado tres puntos si pertenecen al Cuerpo o Escala de Tramitación
Procesal y Administrativa y dos puntos si pertenecen al Cuerpo o Escala de Auxilio
Judicial, siempre que acrediten al menos dos años de permanencia en el servicio activo
en el cuerpo o escala.
1.2

Valoración del trabajo desarrollado.

– La experiencia en el desempeño de puestos de trabajo pertenecientes a un área
funcional o sectorial similar.
– El grado de similitud en el contenido técnico y especialización con la plaza
convocada según los méritos que se especifican en el anexo I, y
– El tiempo de desempeño de dichos puestos y las aptitudes o rendimientos
acreditados.
1.3

Cursos de formación y perfeccionamiento.

Únicamente se tomarán en consideración los cursos de formación y
perfeccionamiento impartidos por centros oficiales públicos, entidades de reconocido
prestigio o en el ámbito de la formación continua, que tengan relación directa con las
actividades a desarrollar en el puesto de trabajo, según se describen en el citado
anexo I.

cve: BOE-A-2022-1022
Verificable en https://www.boe.es

Atendiendo a las características de los puestos desempeñados, en relación con las
propias de la plaza convocada conforme se indica en el anexo I, se adjudicarán hasta un
máximo de 6 puntos que se valorarán según los siguientes criterios: