II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Funcionarios del Subgrupo C1. (BOE-A-2022-1021)
Acuerdo de 20 de enero de 2022, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca concurso para la provisión de puesto de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 19

Sábado 22 de enero de 2022

Cuarta.

Sec. II.B. Pág. 7514

Comisión de valoración y desarrollo del concurso.

1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, la documentación recibida se
trasladará a la comisión de valoración que calificará los méritos de los aspirantes.
2. La comisión de valoración estará compuesta por:
Presidente: José María Márquez Jurado, gerente del Consejo.
Vocales:
– Teresa Judith Rodríguez Rodríguez, administrativa en la Secretaría General.
– Concepción Gómez Rodríguez, administrativa en la Secretaría General.
– Un funcionario/a al servicio del Consejo que desempeñe puesto de trabajo de igual
o superior nivel al de los puestos convocado, que será designado por el secretario
general a propuesta de la Junta de Personal, publicándose dicha designación en el
apartado «Empleo Público» de la página web www.poderjudicial.es del Consejo.
Secretario: Manuel Granell Parra administrativo en la Gerencia del Consejo.
Actuarán en su caso como suplentes:
Presidente: Álvaro Sedano Lorenzo, jefe de sección de Calificación del Servicio de
Personal y Oficina Judicial.
Vocales:
– Elena Esteban Gracia, coordinadora en la Secretaría General.
– María del Carmen Alvarez Rodríguez, administrativa en el Servicio Central de
Secretaría General.
– Un funcionario/a al servicio del Consejo que desempeñe puesto de trabajo de igual
o superior nivel al del puesto convocado, que será designado por el secretario general a
propuesta de la Junta de Personal, publicándose dicha designación en el apartado
«Empleo Público» de la página web www.poderjudicial.es del Consejo.

3. La abstención y recusación de los miembros de la comisión de valoración se
regirá por lo dispuesto en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de
régimen jurídico del sector público.
4. La comisión valorará en primer lugar los méritos generales de los aspirantes y
sólo evaluará los méritos específicos de los que superen la puntuación mínima exigida
en la primera fase. La puntuación de los méritos específicos, tendrá carácter provisional.
5. Para la comprobación y el contraste de los méritos específicos alegados, la
comisión de valoración convocará a una entrevista personal, así como a una prueba de
verificación de la experiencia en el manejo de las aplicaciones ofimáticas contempladas
en los méritos específicos del puesto, a aquellos aspirantes, que habiendo superado la
segunda fase, hayan obtenido mayor puntuación en la suma de las dos fases, no
pudiendo convocar a menos de cinco aspirantes, salvo que el número de aspirantes que
han superado la puntuación mínima de la segunda fase fuera inferior, en cuyo caso se
convocará a todos ellos.
6. La convocatoria para la realización de las entrevistas y prueba se notificará a la
dirección de correo electrónico que los concursantes indiquen en su solicitud de
participación y se publicará en la página web del Consejo General del Poder Judicial, en
el apartado «Empleo Público» de la página web www.poderjudicial.es
7. Realizadas la entrevista y la prueba, la puntuación de los méritos específicos se
elevará a definitiva con las correcciones que resulten adecuadas conforme a la
comprobación y contraste de la realidad de los méritos alegados y la comisión de
valoración formulará la correspondiente propuesta para la adjudicación del puesto.

cve: BOE-A-2022-1021
Verificable en https://www.boe.es

Secretaria: Purificación Medina de la Fuente, coordinadora adjunta en la Gerencia
del Consejo.