III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Mutualidad General Judicial. Asistencia sanitaria. (BOE-A-2022-985)
Resolución de 5 de enero de 2022, de la Mutualidad General Judicial, por la que se publica el concierto para la asistencia sanitaria en territorio nacional de beneficiarios durante 2022, 2023 y 2024 y la relación de entidades de seguro que han suscrito el mismo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 18

Viernes 21 de enero de 2022

Procedimientos

Sec. III. Pág. 6836

Número
de procedimientos

Coste

Implantes cocleares.
Radioterapia.
Hemodinámica cardiaca diagnóstica.
Hemodinámica cardiaca terapéutica:
– N.º total de stents.
– Estudios electrofisiológicos diagnósticos.
Estudios electrofisiológicos terapéuticos:
– Ablación.
– Implante/sustitución de desfibrilador.
– Otros.
Ciclos de Reproducción Humana Asistida.
Otros*.
*
Este apartado se utilizará cuando exista algún concepto que no tenga cabida en los apartados
anteriores; en ese caso se deberá especificar cada concepto incluido.

2. Información sobre asistencia sanitaria transfonteriza
La Entidad facilitará a MUGEJU un archivo en soporte informático en el que se hará
constar la siguiente información:
a)
Prestaciones que no han requerido autorización previa: indicando tipo de
prestación, número de pacientes, y coste de la prestación e importe reembolsado.
b)
Prestaciones que no han requerido autorización previa: indicando tipo de
prestación, número de pacientes, y coste de la prestación e importe reembolsado.
Todo ello, de acuerdo con la estructura e instrucciones que en cada momento
determine la MUGEJU.
Registro de medios sanitarios

3.1 La información de los medios propios y concertados que las Entidades ofertan
para prestar el servicio de asistencia sanitaria a los beneficiarios en el territorio nacional
se enviará en formato electrónico a MUGEJU con arreglo a las instrucciones dictadas por
MUGEJU. Además de los datos generales de la Entidad, ésta remitirá los datos que
figuran en las siguientes tablas con el formato indicado.
Los datos enviados deben corresponder con todos los que consten en los catálogos
editados. MUGEJU establecerá la periodicidad de actualización de los datos y proveerá
un mecanismo sencillo de carga telemática de los mismos. Los datos de identificación
profesional se deben adecuar a los establecidos por los distintos colegios y asociaciones
profesionales.
La estructura de datos de localización en todas las tablas se corresponde con la
estructura oficial del INE para su posible explotación mediante un sistema de información
geográfica.
3.2

Tabla de profesionales sanitarios.

Contiene la información de todos los profesionales sanitarios concertados de la
Entidad. Se cumplimentará una fila por cada profesional.

cve: BOE-A-2022-985
Verificable en https://www.boe.es

3.