III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Sector eléctrico. (BOE-A-2022-992)
Resolución de 14 de enero de 2022, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se aprueba la cuantía definitiva de los costes de generación de liquidación y el extracoste de la actividad de producción de las instalaciones con régimen retributivo específico en los territorios no peninsulares correspondiente al ejercicio 2016.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 18
Viernes 21 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 6945
producción en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares de las
instalaciones con régimen retributivo específico para el año 2016:
Compensación pdte. con cargo a PGE (total euros) Régimen retributivo específico
Extracoste con cargo a PGE.
61.242.656,66
Compensación PGE percibida.
65.309.490,99
Compensación pendiente con cargo a PGE.
–4.066.834,34
Quinto.
El organismo encargado de las liquidaciones liquidará las cantidades anteriormente
señaladas con base en la información que obre en su poder y aquella facilitada por el
operador del sistema. La liquidación de la cuantía aprobada en el apartado tercero
tendrá la consideración de ingreso o coste liquidable del sistema eléctrico a los efectos
previstos en la primera liquidación de las Actividades Reguladas del Sector Eléctrico
disponible correspondiente al ejercicio 2021.
Contra la presente resolución que no pone fin a la vía administrativa de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse recurso de
alzada ante el titular de la Secretaría de Estado de Energía, en el plazo de un mes a
contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución.
Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a
todos los efectos. Para el cómputo de los plazos por meses habrá de estarse a lo
dispuesto en el artículo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, 14 de enero de 2022.–El Director General de Política Energética y Minas,
Manuel García Hernández.
ANEXO
Cuantía liquidación definitiva ejercicio 2016 instalaciones con régimen retributivo
específico. Detalle por territorio no peninsular, sistema eléctrico y sujeto afectado
Sujeto de liquidación
Cuantía liquidación definitiva 2016
–
Euros
Baleares
–3.998.131,44
Ibiza-Formentera.
Endesa Energía XXI, SLU.
Fenie Energía.
Gnera Energía y Tecnología SL.
Nexus Energía, SA.
–3.802,43
533,57
–383,99
–35.513,40
Clidom Energy SL.
–53.453,68
Endesa Energía XXI, SLU.
–194.039,49
Energya VM Generación, SL.
–100.276,20
Engie España, SLU.
Fenie Energía.
Gesternova SA.
–37.213,86
–3.337,71
–121.849,09
cve: BOE-A-2022-992
Verificable en https://www.boe.es
Mallorca-Menorca.
Núm. 18
Viernes 21 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 6945
producción en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares de las
instalaciones con régimen retributivo específico para el año 2016:
Compensación pdte. con cargo a PGE (total euros) Régimen retributivo específico
Extracoste con cargo a PGE.
61.242.656,66
Compensación PGE percibida.
65.309.490,99
Compensación pendiente con cargo a PGE.
–4.066.834,34
Quinto.
El organismo encargado de las liquidaciones liquidará las cantidades anteriormente
señaladas con base en la información que obre en su poder y aquella facilitada por el
operador del sistema. La liquidación de la cuantía aprobada en el apartado tercero
tendrá la consideración de ingreso o coste liquidable del sistema eléctrico a los efectos
previstos en la primera liquidación de las Actividades Reguladas del Sector Eléctrico
disponible correspondiente al ejercicio 2021.
Contra la presente resolución que no pone fin a la vía administrativa de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse recurso de
alzada ante el titular de la Secretaría de Estado de Energía, en el plazo de un mes a
contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución.
Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a
todos los efectos. Para el cómputo de los plazos por meses habrá de estarse a lo
dispuesto en el artículo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, 14 de enero de 2022.–El Director General de Política Energética y Minas,
Manuel García Hernández.
ANEXO
Cuantía liquidación definitiva ejercicio 2016 instalaciones con régimen retributivo
específico. Detalle por territorio no peninsular, sistema eléctrico y sujeto afectado
Sujeto de liquidación
Cuantía liquidación definitiva 2016
–
Euros
Baleares
–3.998.131,44
Ibiza-Formentera.
Endesa Energía XXI, SLU.
Fenie Energía.
Gnera Energía y Tecnología SL.
Nexus Energía, SA.
–3.802,43
533,57
–383,99
–35.513,40
Clidom Energy SL.
–53.453,68
Endesa Energía XXI, SLU.
–194.039,49
Energya VM Generación, SL.
–100.276,20
Engie España, SLU.
Fenie Energía.
Gesternova SA.
–37.213,86
–3.337,71
–121.849,09
cve: BOE-A-2022-992
Verificable en https://www.boe.es
Mallorca-Menorca.