III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Sector eléctrico. (BOE-A-2022-993)
Resolución de 14 de enero de 2022, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se aprueba la cuantía definitiva de los costes de generación de liquidación y del extracoste de la actividad de producción en los territorios no peninsulares para los grupos titularidad del grupo Endesa correspondiente al ejercicio 2016.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 18
Viernes 21 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 6964
Quinto.
Aprobar la cuantía de la retribución pendiente de cobro con cargo a la cuenta
diferenciada donde se ingresan los importes con cargo a Presupuestos Generales del
Estado correspondiente a la actividad de producción en los sistemas eléctricos de los
territorios no peninsulares de las empresas generadoras de Endesa para el año 2016,
desagregadas de acuerdo con el cuadro siguiente:
Baleares GESA
Canarias UNELCO
Ceuta y Melilla
Endesa
Total grupo Endesa
Extracoste con cargo a PGE.
169.803.027,61
334.777.147,09
30.411.104,23
534.991.278,94
Liquidaciones con cargo PGE 2016 realizadas a Endesa.
136.408.306,71
347.939.268,43
32.590.694,77
516.938.269,91
33.394.720,90
–13.162.121,34
–2.179.590,54
18.053.009,03
Euros
Cuantía pendiente cobro con cargo PGE.
Sexto.
Las cuantías por retribución por costes de inversión correspondientes al año 2016 de
los grupos Ibiza 25 (RO2-0209), Ibiza 26 (RO2-0210) y Punta Grande 19 (RO2-0212),
serán introducidas como costes de generación en las cuantías definitivas de los costes
de generación de liquidación de los territorios no peninsulares que se aprueben en los
años sucesivos.
Séptimo.
La liquidación de la cuantía de la retribución pendiente de cobro con cargo al sistema
eléctrico correspondiente a la actividad de producción en los sistemas eléctricos de los
territorios no peninsulares de las empresas generadoras del grupo Endesa para el
año 2016, aprobada en el apartado cuarto, se realizará en la primera liquidación de las
Actividades Reguladas del Sector Eléctrico disponible correspondiente al ejercicio 2021.
Contra la presente resolución que no pone fin a la vía administrativa de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse recurso de
alzada ante el titular de la Secretaría de Estado de Energía, en el plazo de un mes a
contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución.
Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a
todos los efectos. Para el cómputo de los plazos por meses habrá de estarse a lo
dispuesto en el artículo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
cve: BOE-A-2022-993
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 14 de enero de 2022.–El Director General de Política Energética y Minas,
Manuel García Hernández.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 18
Viernes 21 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 6964
Quinto.
Aprobar la cuantía de la retribución pendiente de cobro con cargo a la cuenta
diferenciada donde se ingresan los importes con cargo a Presupuestos Generales del
Estado correspondiente a la actividad de producción en los sistemas eléctricos de los
territorios no peninsulares de las empresas generadoras de Endesa para el año 2016,
desagregadas de acuerdo con el cuadro siguiente:
Baleares GESA
Canarias UNELCO
Ceuta y Melilla
Endesa
Total grupo Endesa
Extracoste con cargo a PGE.
169.803.027,61
334.777.147,09
30.411.104,23
534.991.278,94
Liquidaciones con cargo PGE 2016 realizadas a Endesa.
136.408.306,71
347.939.268,43
32.590.694,77
516.938.269,91
33.394.720,90
–13.162.121,34
–2.179.590,54
18.053.009,03
Euros
Cuantía pendiente cobro con cargo PGE.
Sexto.
Las cuantías por retribución por costes de inversión correspondientes al año 2016 de
los grupos Ibiza 25 (RO2-0209), Ibiza 26 (RO2-0210) y Punta Grande 19 (RO2-0212),
serán introducidas como costes de generación en las cuantías definitivas de los costes
de generación de liquidación de los territorios no peninsulares que se aprueben en los
años sucesivos.
Séptimo.
La liquidación de la cuantía de la retribución pendiente de cobro con cargo al sistema
eléctrico correspondiente a la actividad de producción en los sistemas eléctricos de los
territorios no peninsulares de las empresas generadoras del grupo Endesa para el
año 2016, aprobada en el apartado cuarto, se realizará en la primera liquidación de las
Actividades Reguladas del Sector Eléctrico disponible correspondiente al ejercicio 2021.
Contra la presente resolución que no pone fin a la vía administrativa de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse recurso de
alzada ante el titular de la Secretaría de Estado de Energía, en el plazo de un mes a
contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución.
Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a
todos los efectos. Para el cómputo de los plazos por meses habrá de estarse a lo
dispuesto en el artículo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
cve: BOE-A-2022-993
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 14 de enero de 2022.–El Director General de Política Energética y Minas,
Manuel García Hernández.
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X