I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO. Medio ambiente. (BOE-A-2022-951)
Ley 10/2021, de 9 de diciembre, de Administración Ambiental de Euskadi.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 18

Viernes 21 de enero de 2022

Sec. I. Pág. 6323

I. DISPOSICIONES GENERALES

COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO
951

Ley 10/2021, de 9 de diciembre, de Administración Ambiental de Euskadi.

Se hace saber a todos los ciudadanos y ciudadanas de Euskadi que el Parlamento
Vasco ha aprobado la Ley 10/2021, de 9 de diciembre, de Administración Ambiental de
Euskadi.

La aprobación de la Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio
Ambiente del País Vasco, supuso el establecimiento de un marco normativo unificado
para el ejercicio de la política ambiental de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Esta
ley, pionera en su momento, estableció los pilares básicos de la política ambiental de la
Comunidad Autónoma del País Vasco en sus distintos ámbitos tales como la evaluación
ambiental, la gestión de residuos y el control de la contaminación, entre otros. Sin
embargo, desde la aprobación de la citada ley algunos de estos ámbitos han sido
regulados por leyes y reglamentos específicos de la Comunidad Autónoma o por la
normativa básica del Estado. Por este motivo, la presente ley no regula todos los ámbitos
sectoriales que sí regulaba la citada Ley General de Protección del Medio Ambiente.
Una de las señas de identidad de la normativa ambiental en los últimos años ha sido
la profusión de normas promulgadas desde distintos ámbitos y niveles, adaptándose, de
esta forma, a las necesidades emergentes que la propia sociedad demanda.
Habida cuenta de lo expuesto, esta ley establece un marco jurídico garante de un
alto nivel de protección del medio ambiente adaptado a la realidad económica y social
vasca actual. Es por ello que la norma incorpora los últimos desarrollos normativos y
aporta nuevas técnicas de intervención administrativa en aras a la simplificación y
agilización del procedimiento administrativo y con el objetivo de lograr una efectiva
protección del medio ambiente compatibilizando las distintas actividades económicas con
el entorno en el que se desarrollan.
La presente ley determina los derechos y los deberes de las personas físicas y
jurídicas, públicas y privadas, subrayando el derecho de las ciudadanas y ciudadanos a
disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de las personas, toda vez
que promueve una economía sostenible mediante la gestión eficiente de los recursos
naturales, en aras al fomento de una sociedad hipocarbónica que limite la influencia del
cambio climático. Alcanzar estos objetivos requiere de acciones decididas que cuenten
con una base normativa firme que les confiera seguridad jurídica y máxima eficacia.
Con este anhelo, la ley persigue impulsar la corresponsabilidad público-privada en la
protección del medio ambiente, ya que la búsqueda de soluciones a los retos
medioambientales a los que se enfrenta la sociedad vasca requiere, de forma ineludible,
la ejecución de actuaciones conjuntas entre las administraciones públicas, el sector
económico y la ciudadanía en general, habida cuenta de los objetivos comunes
perseguidos. En definitiva, una oportunidad para lograr la mejora de la calidad de vida y
el bienestar general, pretendiendo un decidido cambio de modelo de producción y
consumo que impulse una economía circular en la cual el valor de los productos, los
materiales y los recursos se mantenga en la economía durante el mayor tiempo posible y
en la que se reduzca al mínimo la generación de residuos, situando a la Comunidad
Autónoma del País Vasco como referente a nivel europeo.
Algunas de estas oportunidades se refieren a la innovación, la ecoeficiencia o la
compra pública verde; actuaciones basadas, indefectiblemente, en la mejora continua y
el diálogo con los agentes socioeconómicos, el derecho a la información y el desarrollo

cve: BOE-A-2022-951
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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS