V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. (BOE-B-2022-1474)
Resolución de la Presidencia de la Autoridad Portuaria de Cartagena por la que se delegan nuevas facultades en materia sancionadora respecto al personal sujeto a convenio colectivo.
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 17

Jueves 20 de enero de 2022

Sec. V-B. Pág. 2474

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA

1474

Resolución de la Presidencia de la Autoridad Portuaria de Cartagena
por la que se de le gan nue vas facultade s e n mate ria sancionadora
re spe cto al pe rsonal suje to a conve nio cole ctivo.

Visto el contenido del artículo 47, Párrafo Cuarto, del vigente III Convenio
Colectivo de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias, conforme al cual:
"La competencia para la iniciación de expedientes disciplinarios, estará
atribuida a los Presidentes respectivos o Directores por delegación".
Igualmente, visto el contenido del artículo 50, Párrafo Primero, del vigente III
Convenio Colectivo de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias, conforme al
cual:
"En el procedimiento sancionador quedará establecido la debida separación
entre la fase instructora y la sancionadora, encomendándose a órganos distintos".
De conformidad a la dicción de los propios artículos citados y al objeto de dotar
una mayor agilidad al proceso sancionador, mediante la presente Resolución se
acuerda:
Primero.- Delegar en el Director General de la Autoridad Portuaria de
Cartagena, la competencia para la iniciación de expedientes disciplinarios
conforme aparece recogido en el artículo 47, párrafo cuarto, del vigente III
Convenio Colectivo de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias.
Segundo.- Delegar en el Jefe del Departamento de Recursos Humanos de la
Autoridad Portuaria de Cartagena la facultad instructora de los expedientes
sancionadores, de conformidad a lo previsto en el artículo 50, párrafo primero, del
vigente III Convenio Colectivo de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias.
Tercero.- La presente Resolución resulta complementaria a la Resolución de
esta Presidencia de delegación de facultades en materia sancionadora al personal
sujeto a Convenio Colectivo, de fecha 04 de mayo de 2021, publicada en el Boletín
Oficial del Estado número 113, correspondiente al miércoles 12 de mayo de 2021.
De conformidad a lo establecido en el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la presente Resolución de
delegación de competencias deberá publicarse en el Boletín Oficial del Estado.
Cartagena, 13 de enero de 2022.- Presidenta de la Autoridad Portuaria de
Cartagena, María Yolanda Muñoz Gómez.

cve: BOE-B-2022-1474
Verificable en https://www.boe.es

ID: A220001278-1

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X