III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Biblioteca Nacional de España. Cuentas anuales. (BOE-A-2022-928)
Resolución de 17 de noviembre de 2021, de la Biblioteca Nacional de España, O.A., por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2019 y el informe de auditoría.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 17

Jueves 20 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 6063

3.- BASES DE PRESENTACIÓN DE LAS CUENTAS.
1.- IMAGEN FIEL:
Las cuentas anuales se han preparado a partir de los registros contables de la entidad, se expresan en
euros y se presentan de acuerdo al artículo 128 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General
Presupuestaria; de la Orden EHA/1037/2010, de 13 de abril, por la que se aprueba el Plan General de
Contabilidad Pública; de la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado,
aprobada por Orden EHA/2045/2011, de 14 de julio. Reflejan la imagen fiel del patrimonio, de la
situación financiera, del resultado económico patrimonial, y de la ejecución del presupuesto de la
Biblioteca Nacional de España.
2.- COMPARACIÓN DE LA INFORMACIÓN:
La información correspondiente al ejercicio 2019 y al ejercicio precedente es homogénea. No se ha
modificado la estructura de las cuentas, y aunque habiéndose producido la emisión del mencionado
INFORME PROVISIONAL de AUDITORÍA DE CUENTAS ANUALES EMITIDO POR LA INTERVENCIÓN GENERAL DE LA
ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO (IGAE), dicha circunstancia no impide la comparación de las mismas.
Haciendo hincapié en la RECLASIFICACIÓN CONTABLE que se ha llevado a cabo de los incrementos que se
han producido desde el 01/01/2019 a 31/12/2019, en las subcuentas 213.0.10, 213.2.10 y 213.3.10 de
naturaleza de proceso técnico y de digitalización, circunstancia descrita en el punto “Salvedades por
incumplimiento de principios contables”, del (IPA) _ y que se describe en el punto 3.- RAZONES E
INCIDENCIA EN LAS CUENTAS ANUALES DE LOS CAMBIOS EN CRITERIOS DE CONTABILIZACIÓN Y CORRECCIÓN DE
ERRORES:

3.- RAZONES E INCIDENCIA EN LAS CUENTAS ANUALES DE LOS CAMBIOS EN CRITERIOS DE
CONTABILIZACIÓN Y CORRECCIÓN DE ERRORES:
En la elaboración de la REFORMULACIÓN de la Cuenta Anual correspondiente a 2019 se han aplicado los
criterios de contabilización del Plan General de Contabilidad pública, habiéndose producido cambios en
los criterios de contabilización Y corrección de errores, MOTIVADO por la opinión del INFORME
PROVISIONAL de
AUDITORÍA DE CUENTAS ANUALES EMITIDO POR LA INTERVENCIÓN GENERAL DE LA

La Biblioteca Nacional de España ha venido contabilizando en distintas cuentas del grupo 2 costes que
tienen la naturaleza de proceso técnico y de digitalización. Hasta el ejercicio 2015, esos costes se
activaron en las cuentas 209 y 219, y desde ese ejercicio, se encuentran contabilizados en las
subcuentas 213.0.10, 213.2.10 y 213.3.10. y en aplicación del informe emitido como respuesta a la
consulta de la BNE, con fecha de 26 julio de 2019, por la División de Planificación y Dirección de la
Contabilidad Pública de la Oficina Nacional de Contabilidad de la Intervención General de la
Administración del Estado, en el que se dice lo siguiente : “(2) con relación a los costes que se derivan de
los servicios de digitalización de los fondos patrimoniales: “los costes de dicha digitalización deben considerarse
como un elemento patrimonial distinto del fondo bibliográfico en soporte material cuya naturaleza es intangible,
por lo que deberá contabilizarse en la cuenta 209, “Otro inmovilizado intangible” ,

cve: BOE-A-2022-928
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ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO (IGAE), ._ “ En nuestra opinión, debido al efecto muy significativo de la cuestión
descrita en la sección Fundamento de la opinión desfavorable de nuestro informe, las cuentas anuales adjuntas
no expresan, en todos los aspectos significativos, la imagen fiel del patrimonio y de la situación financiera a 31
de diciembre de 2019, así como de sus resultados y flujos de efectivo correspondientes al ejercicio terminado en
dicha fecha, de conformidad con el marco normativo de información financiera que resulta de aplicación (que se
identifica en la nota 3 de la memoria) y, en particular, con los principios y criterios contables y presupuestarios
contenidos en el mismo.”