II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Situaciones. (BOE-A-2022-866)
Acuerdo de 4 de noviembre de 2021, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se declara la jubilación voluntaria anticipada del Magistrado don Pedro Andrés Joya González.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 17
Jueves 20 de enero de 2022
Sec. II.A. Pág. 5794
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
866
Acuerdo de 4 de noviembre de 2021, de la Comisión Permanente del
Consejo General del Poder Judicial, por el que se declara la jubilación
voluntaria anticipada del Magistrado don Pedro Andrés Joya González.
De conformidad con lo establecido en los artículos 131.3 y 386.2 de la Ley Orgánica
del Poder Judicial, y en el artículo 28.2 a) y 3 e) del Real Decreto Legislativo 670/1987,
de 30 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Clases Pasivas del
Estado, por acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial
de 4 de noviembre de 2021, vengo en declarar la jubilación voluntaria anticipada de don
Pedro Andrés Joya González, Magistrado con destino en el Juzgado de Vigilancia
Penitenciaria número 5 de Andalucía, con efectos del 20 de enero de 2022 y con los
derechos pasivos que le correspondan por esta causa.
cve: BOE-A-2022-866
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 4 de noviembre de 2021.–El Presidente del Consejo General del Poder
Judicial, Carlos Lesmes Serrano.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 17
Jueves 20 de enero de 2022
Sec. II.A. Pág. 5794
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
866
Acuerdo de 4 de noviembre de 2021, de la Comisión Permanente del
Consejo General del Poder Judicial, por el que se declara la jubilación
voluntaria anticipada del Magistrado don Pedro Andrés Joya González.
De conformidad con lo establecido en los artículos 131.3 y 386.2 de la Ley Orgánica
del Poder Judicial, y en el artículo 28.2 a) y 3 e) del Real Decreto Legislativo 670/1987,
de 30 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Clases Pasivas del
Estado, por acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial
de 4 de noviembre de 2021, vengo en declarar la jubilación voluntaria anticipada de don
Pedro Andrés Joya González, Magistrado con destino en el Juzgado de Vigilancia
Penitenciaria número 5 de Andalucía, con efectos del 20 de enero de 2022 y con los
derechos pasivos que le correspondan por esta causa.
cve: BOE-A-2022-866
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 4 de noviembre de 2021.–El Presidente del Consejo General del Poder
Judicial, Carlos Lesmes Serrano.
https://www.boe.es
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