III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicios portuarios. (BOE-A-2022-851)
Resolución de 22 de diciembre de 2021, de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Cádiz, por la que se publica la aprobación del Pliego de prescripciones particulares del servicio portuario de remolque.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 19 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 5523
SÍ
NO
(h) (solo para personas jurídicas) una sentencia firme o decisión administrativa firme ha establecido que la personalidad jurídica ha
sido creada con la intención prevista en el punto (f);
☐
☐
(i) para las situaciones referidas en los puntos (c) al (g) anteriormente descritos, el solicitante o sus gestores están inmersos en:
☐
☐
i. hechos establecidos en el contexto de investigaciones o auditorías realizadas por la Fiscalía, el Tribunal de Cuentas, o de una
auditoría interna, o de cualquier otro examen, auditoría o control efectuado bajo la responsabilidad de un ordenante de una
institución o de una agencia u órgano de la UE, del Estado español o del país en el que esté establecido;
☐
☐
ii. decisiones administrativas que no sean definitivas y que puedan incluir medidas disciplinarias adoptadas por el organismo de
supervisión competente responsable de la verificación de la aplicación de los estándares de ética profesional;
☐
☐
iii. decisiones de la CNMC relativas a la infracción de las normas de competencia o de su equivalente en el país donde el
solicitante esté establecido relativas a la infracción de la legislación en materia de competencia nacional o de la Unión
☐
☐
(j) ha incluido datos falsos o engañosos en la información requerida por la Autoridad Portuaria como condición para la
participación en el procedimiento de otorgamiento, o no ha aportado dicha información;
☐
☐
(2) Si el solicitante declara alguna de las situaciones de exclusión indicadas arriba,
debe indicar las medidas que han sido tomadas para corregir cualquier situación de
exclusión, así como para demostrar su fiabilidad. Esto puede incluir, por ejemplo,
medidas técnicas, organizacionales y personales para prevenir incidencias posteriores,
compensación del daño o pago de multas, de tasas o contribuciones a la seguridad
social, así como el cumplimiento de condenas o sanciones. La evidencia documental
correspondiente que ilustre las medidas correctoras adoptadas deberá ser aportada
como anexo a esta declaración. Lo anterior no aplica a las situaciones indicadas en el
punto (d) del apartado anterior de esta declaración.
Para evaluar la honorabilidad del solicitante, la Autoridad Portuaria tendrá en cuenta
tanto las incidencias marcadas en el apartado (1), como la documentación adicional
aportada conforme a este apartado (2).
(3) Reconoce que se podrá rechazar la participación en el presente procedimiento
del solicitante y que este podrá ser objeto de sanciones administrativas (exclusión o
sanción financiera) si se demuestra la falsedad de cualquiera de las declaraciones o
informaciones facilitadas como condición para la participación.
En ........................., a ........ de ..................... de 20 .....
Firmado.
ANEXO VII
Índices de variación de precios
Índice de variación del precio del coste laboral:
La ruta a seguir en la página web del INE para acceder a la información necesaria es
la siguiente: INEbase > Salarios y costes laborales > Encuesta trimestral de coste laboral
> Resultados nacionales (desde el trimestre 1/2008)
El enlace directo a la página en el momento de aprobación del presente Pliego es
http://www.ine.es/jaxiT3/Tabla.htm?t=6033
Índice de variación del precio del combustible utilizado por las embarcaciones:
La ruta a seguir en la página web del Ministerio para la Transición Ecológica para
acceder a la información necesaria es la siguiente: Energía > El Petróleo > Precios y
tarifas > Informes anuales
El enlace directo a la página en el momento de aprobación del presente Pliego es
https://energia.gob.es/petroleo/Informes/InformesAnuales/Paginas/InformesAnuales.aspx
cve: BOE-A-2022-851
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 16
Miércoles 19 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 5523
SÍ
NO
(h) (solo para personas jurídicas) una sentencia firme o decisión administrativa firme ha establecido que la personalidad jurídica ha
sido creada con la intención prevista en el punto (f);
☐
☐
(i) para las situaciones referidas en los puntos (c) al (g) anteriormente descritos, el solicitante o sus gestores están inmersos en:
☐
☐
i. hechos establecidos en el contexto de investigaciones o auditorías realizadas por la Fiscalía, el Tribunal de Cuentas, o de una
auditoría interna, o de cualquier otro examen, auditoría o control efectuado bajo la responsabilidad de un ordenante de una
institución o de una agencia u órgano de la UE, del Estado español o del país en el que esté establecido;
☐
☐
ii. decisiones administrativas que no sean definitivas y que puedan incluir medidas disciplinarias adoptadas por el organismo de
supervisión competente responsable de la verificación de la aplicación de los estándares de ética profesional;
☐
☐
iii. decisiones de la CNMC relativas a la infracción de las normas de competencia o de su equivalente en el país donde el
solicitante esté establecido relativas a la infracción de la legislación en materia de competencia nacional o de la Unión
☐
☐
(j) ha incluido datos falsos o engañosos en la información requerida por la Autoridad Portuaria como condición para la
participación en el procedimiento de otorgamiento, o no ha aportado dicha información;
☐
☐
(2) Si el solicitante declara alguna de las situaciones de exclusión indicadas arriba,
debe indicar las medidas que han sido tomadas para corregir cualquier situación de
exclusión, así como para demostrar su fiabilidad. Esto puede incluir, por ejemplo,
medidas técnicas, organizacionales y personales para prevenir incidencias posteriores,
compensación del daño o pago de multas, de tasas o contribuciones a la seguridad
social, así como el cumplimiento de condenas o sanciones. La evidencia documental
correspondiente que ilustre las medidas correctoras adoptadas deberá ser aportada
como anexo a esta declaración. Lo anterior no aplica a las situaciones indicadas en el
punto (d) del apartado anterior de esta declaración.
Para evaluar la honorabilidad del solicitante, la Autoridad Portuaria tendrá en cuenta
tanto las incidencias marcadas en el apartado (1), como la documentación adicional
aportada conforme a este apartado (2).
(3) Reconoce que se podrá rechazar la participación en el presente procedimiento
del solicitante y que este podrá ser objeto de sanciones administrativas (exclusión o
sanción financiera) si se demuestra la falsedad de cualquiera de las declaraciones o
informaciones facilitadas como condición para la participación.
En ........................., a ........ de ..................... de 20 .....
Firmado.
ANEXO VII
Índices de variación de precios
Índice de variación del precio del coste laboral:
La ruta a seguir en la página web del INE para acceder a la información necesaria es
la siguiente: INEbase > Salarios y costes laborales > Encuesta trimestral de coste laboral
> Resultados nacionales (desde el trimestre 1/2008)
El enlace directo a la página en el momento de aprobación del presente Pliego es
http://www.ine.es/jaxiT3/Tabla.htm?t=6033
Índice de variación del precio del combustible utilizado por las embarcaciones:
La ruta a seguir en la página web del Ministerio para la Transición Ecológica para
acceder a la información necesaria es la siguiente: Energía > El Petróleo > Precios y
tarifas > Informes anuales
El enlace directo a la página en el momento de aprobación del presente Pliego es
https://energia.gob.es/petroleo/Informes/InformesAnuales/Paginas/InformesAnuales.aspx
cve: BOE-A-2022-851
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 16