V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. ADMINISTRACIÓN LOCAL. (BOE-B-2022-1422)
Anuncio del Ayuntamiento de Mula relativo a la expropiación forzosa para la ocupación de las tres novenas partes del Castillo de los Vélez de Mula.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 16

Miércoles 19 de enero de 2022

Sec. V-B. Pág. 2386

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
ADMINISTRACIÓN LOCAL

1422

Anuncio del Ayuntamiento de Mula relativo a la expropiación forzosa
para la ocupación de las tres novenas partes del Castillo de los Vélez
de Mula.

El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Mula,
Hace saber que según el Expediente GRAL/2430/2021, el Pleno de la
Corporación, en sesión extraordinaria de 10 de enero de 2022, adoptó el siguiente
acuerdo:
PRIMERO.- Declarar necesaria la expropiación de las tres novenas partes
indivisas de la finca siguiente: "Un antiquísimo castillo en la ciudad de Mula,
provincia de Murcia, con sus muros exteriores, todo en lamentable estado de ruina
y destrucción, sito en la cúspide de la montaña en cuya falda de mediodía está
sentada esta ciudad; linda por todos sus vientos con monte denominado Cerro del
Castillo, perteneciente en proindiviso a este caudal, Don Emiliano Artero del
Campo y otros señores; no constando la superficie que ocupa el castillo, siendo la
exterior dos hectáreas sesenta y ocho áreas y treinta y dos centiáreas, equivalente
a cuatro fanegas".
SEGUNDO.- Declarar necesaria la ocupación, para la ejecución de las obras
de conservación y restauración del Castillo de Mula, de la totalidad del inmueble
objeto de expropiación, que incluye la fortaleza completa y sus muros exteriores o
albacar.
TERCERO.- Abrir información pública durante un plazo de quince días en el
tablón de anuncios del Ayuntamiento, en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y
en el Boletín Oficial del Estado, con notificación a los interesados, para que los
titulares de derechos afectados por la expropiación puedan aportar cuantos datos
permitan la rectificación de los posibles errores que se estimen cometidos en la
relación publicada, u oponerse a la ocupación o disposición de los bienes o
derechos por motivos de forma o de fondo que han de fundamentar
motivadamente. A los solos efectos de la subsanación de errores en la descripción
material y legal de los bienes, cualquier persona natural o jurídica podrá
comparecer alegando cuantos antecedentes o referencias estime pertinentes. De
no producirse reclamaciones se considerará aprobada definitivamente la
identificación concreta del bien, y por iniciado el procedimiento expropiatorio,
invitándose a los interesados para que propongan un precio que propicie la
adquisición por mutuo acuerdo con cargo al presupuesto municipal.

Bien afectado: Finca registral de Mula número 1.255: Castillo en la ciudad de
Mula, con sus muros exteriores, no constando la superficie que ocupa el castillo,
siendo la exterior dos hectáreas sesenta y ocho áreas y treinta y dos centiáreas.
Nombre de los propietarios:
1.- Herederos de Don Luis Bertrán de Lis y Pidal, en una novena parte indivisa.

cve: BOE-B-2022-1422
Verificable en https://www.boe.es

CUARTO.- Formular, a los efectos de su aprobación de acuerdo con el
apartado anterior, la siguiente relación en la que se describen los bienes o
derechos a expropiar y sus propietarios: