III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2022-793)
Resolución de 5 de enero de 2022, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., por la que se publica el Convenio con la Agencia per la Competitivitat de l'Empresa-Acció, el Ayuntamiento de Barcelona y la Fundación Barcelona Mobile World Capital Foundation, para la promoción, crecimiento e internacionalización de empresas españolas de base tecnológica en ecosistemas de referencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 15
Martes 18 de enero de 2022
Quinta.
Sec. III. Pág. 5059
Financiación.
El presupuesto máximo estimado de las actuaciones previstas en la cláusula tercera,
para los dos años de vigencia del presente Convenio, será de trescientos treinta mil
euros (330.000 €), de los cuales:
Red.es destinará hasta un máximo de ciento veinte mil euros (120.000 €) durante los
ejercicios de vigencia del Convenio, para el desarrollo de las actuaciones previstas en la
cláusula tercera y siguiendo la definición de compromisos contemplados en la
cláusula cuarta.
La aportación financiera para la ejecución del Convenio será con cargo a la tesorería
de la Entidad.
Acció destinará al Convenio hasta un máximo de diez mil euros (10.000 €) durante los
ejercicios de vigencia del Convenio, a razón de cinco mil euros (5.000 €) en cada ejercicio,
para el desarrollo de las actuaciones previstas en la cláusula tercera y siguiendo la
definición de compromisos contemplados en la cláusula cuarta, con cargo a la partida
presupuestaria D/7025/4820001/574 del primer ejercicio (durante el primer año que se
ejecute el convenio) y del segundo ejercicio del segundo año, respectivamente.
El Ayuntamiento de Barcelona destinará al Convenio hasta un máximo de veinte mil
euros (20.000 €) durante los ejercicios 2021 y 2022, a razón de diez mil euros (10.000 €)
en el primer ejercicio con cargo a la partida presupuestaria 0700/43321/48559 y diez mil
euros (10.000 €) en el ejercicio 2022 con cargo a la partida presupuestaria que
corresponda –en este caso, condicionado a la existencia de crédito adecuado y
suficiente–, para el desarrollo de las actuaciones previstas en la cláusula tercera y
siguiendo la definición de compromisos contemplados en la cláusula cuarta.
La MWCapital destinará al Convenio hasta un máximo de ciento ochenta mil euros
(180.000 €) durante los dos ejercicios de 12 meses cada uno, a razón de noventa mil
(90.000 €) en cada uno de ellos, para el desarrollo de las actuaciones previstas en la
cláusula tercera y siguiendo la definición de compromisos contemplados en la
cláusula cuarta.
En el caso de que se establezca una prórroga del Convenio las aportaciones económicas
serán las mismas que las establecidas en esta cláusula quinta, y deberá ser propuesta a por
las Partes a través de la Comisión de Seguimiento que se convoque al efecto.
La transferencia de los fondos a la MWCapital se realizará a medida que la Comisión
de Seguimiento apruebe planes de proyecto acorde con lo establecido en la cláusula
décima y con la limitación a las cuantías máximas por año establecidas en la cláusula
anterior.
Será MWCapital quien gestione el presupuesto anual según lo acordado en Comisión
de Seguimiento.
Una vez finalizadas las actividades correspondientes a cada anualidad y en un plazo
no superior a tres (3) meses desde la finalización de cada proyecto, la MWCapital
presentará a la Comisión de Seguimiento una memoria técnica descriptiva de las
actividades realizadas con los entregables asociados, cuyo detalle deberá coincidir con
lo aprobado al efecto por parte de la Comisión de Seguimiento, así como una memoria
económica justificativa del destino de los fondos, que incluirá la relación de licitaciones,
facturas y pagos efectuados. La liquidación deberá ser revisada y justificada en el seno
de la Comisión de Seguimiento acorde a lo establecido en la cláusula undécima.
En caso de que en la primera anualidad se produzcan remanentes, la Comisión de
Seguimiento podrá proponer la adscripción de esos fondos a la siguiente anualidad. A la
finalización de la vigencia del Convenio, si el presupuesto ejecutado es inferior a las
aportaciones realizadas, se devolverá el remanente a cada entidad de forma
proporcional a su aportación.
cve: BOE-A-2022-793
Verificable en https://www.boe.es
Sexta. Justificación y pagos.
Núm. 15
Martes 18 de enero de 2022
Quinta.
Sec. III. Pág. 5059
Financiación.
El presupuesto máximo estimado de las actuaciones previstas en la cláusula tercera,
para los dos años de vigencia del presente Convenio, será de trescientos treinta mil
euros (330.000 €), de los cuales:
Red.es destinará hasta un máximo de ciento veinte mil euros (120.000 €) durante los
ejercicios de vigencia del Convenio, para el desarrollo de las actuaciones previstas en la
cláusula tercera y siguiendo la definición de compromisos contemplados en la
cláusula cuarta.
La aportación financiera para la ejecución del Convenio será con cargo a la tesorería
de la Entidad.
Acció destinará al Convenio hasta un máximo de diez mil euros (10.000 €) durante los
ejercicios de vigencia del Convenio, a razón de cinco mil euros (5.000 €) en cada ejercicio,
para el desarrollo de las actuaciones previstas en la cláusula tercera y siguiendo la
definición de compromisos contemplados en la cláusula cuarta, con cargo a la partida
presupuestaria D/7025/4820001/574 del primer ejercicio (durante el primer año que se
ejecute el convenio) y del segundo ejercicio del segundo año, respectivamente.
El Ayuntamiento de Barcelona destinará al Convenio hasta un máximo de veinte mil
euros (20.000 €) durante los ejercicios 2021 y 2022, a razón de diez mil euros (10.000 €)
en el primer ejercicio con cargo a la partida presupuestaria 0700/43321/48559 y diez mil
euros (10.000 €) en el ejercicio 2022 con cargo a la partida presupuestaria que
corresponda –en este caso, condicionado a la existencia de crédito adecuado y
suficiente–, para el desarrollo de las actuaciones previstas en la cláusula tercera y
siguiendo la definición de compromisos contemplados en la cláusula cuarta.
La MWCapital destinará al Convenio hasta un máximo de ciento ochenta mil euros
(180.000 €) durante los dos ejercicios de 12 meses cada uno, a razón de noventa mil
(90.000 €) en cada uno de ellos, para el desarrollo de las actuaciones previstas en la
cláusula tercera y siguiendo la definición de compromisos contemplados en la
cláusula cuarta.
En el caso de que se establezca una prórroga del Convenio las aportaciones económicas
serán las mismas que las establecidas en esta cláusula quinta, y deberá ser propuesta a por
las Partes a través de la Comisión de Seguimiento que se convoque al efecto.
La transferencia de los fondos a la MWCapital se realizará a medida que la Comisión
de Seguimiento apruebe planes de proyecto acorde con lo establecido en la cláusula
décima y con la limitación a las cuantías máximas por año establecidas en la cláusula
anterior.
Será MWCapital quien gestione el presupuesto anual según lo acordado en Comisión
de Seguimiento.
Una vez finalizadas las actividades correspondientes a cada anualidad y en un plazo
no superior a tres (3) meses desde la finalización de cada proyecto, la MWCapital
presentará a la Comisión de Seguimiento una memoria técnica descriptiva de las
actividades realizadas con los entregables asociados, cuyo detalle deberá coincidir con
lo aprobado al efecto por parte de la Comisión de Seguimiento, así como una memoria
económica justificativa del destino de los fondos, que incluirá la relación de licitaciones,
facturas y pagos efectuados. La liquidación deberá ser revisada y justificada en el seno
de la Comisión de Seguimiento acorde a lo establecido en la cláusula undécima.
En caso de que en la primera anualidad se produzcan remanentes, la Comisión de
Seguimiento podrá proponer la adscripción de esos fondos a la siguiente anualidad. A la
finalización de la vigencia del Convenio, si el presupuesto ejecutado es inferior a las
aportaciones realizadas, se devolverá el remanente a cada entidad de forma
proporcional a su aportación.
cve: BOE-A-2022-793
Verificable en https://www.boe.es
Sexta. Justificación y pagos.