I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. Tasas y precios públicos. (BOE-A-2022-758)
Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 15

Martes 18 de enero de 2022

5.4.

5.2.10.

Autorización de exploración, investigación o utilización de estructuras subterráneas.
Se liquidará según el caso, conforme a la tarifa 5.3.1 (permiso de exploración), tarifa 5.3.2 (permiso de
investigación) o tarifa 5.3.3 (concesión derivada de permisos de investigación).

5.2.11.

Tramitación de solicitudes de perímetro de protección para recursos de la sección B.
Únicamente se liquidará si el aprovechamiento ya se encuentra autorizado.

3.227,69 euros.

Tramitación de derechos mineros de las secciones C y D:
5.3.1.

Tramitación del permiso de exploración.

2.730,40 euros.

5.3.2.

Tramitación del permiso de investigación.

3.227,69 euros.

5.3.3.

Tramitación de concesión derivada de permisos de investigación.

3.432,77 euros.

5.3.4.

Tramitación de concesión explotación directa.

3.432,77 euros.

5.3.5.

Prórrogas de derechos mineros de las secciones C y D.
Se liquidará conforme a la tarifa 5.3.1 (permiso de exploración), tarifa 5.3.2 (permiso de investigación)
o tarifa 5.3.3 (concesión derivada de permisos de investigación).

5.3.6.

Tramitación de demasías.

3.432,77 euros.

5.3.7.

Reclasificación de recursos de la sección A a la C.

3.432,77 euros.

Tramitación y autorización de proyectos con presupuesto (para todos los recursos). Sin incluir la repetición de
pruebas en caso de ser necesario:
Tramitación y confrontación de planes de labores anuales de explotaciones mineras.
Autorización de establecimientos de preparación, concentración o beneficio de recursos mineros.
Autorización de sondeos y trabajos en pozos.
Tramitación de proyectos de voladura.
Tramitación de suspensión temporal, abandono y/o cierre de labores mineras.
Confrontación e informes de transportes mineros o líneas eléctricas.
Tramitación de proyectos de explotación o restauración mineras tramitados con posterioridad al otorgamiento del
derecho minero sin ser parte de una solicitud de prórroga.
Tramitación de otros proyectos mineros no estipulados en epígrafes anteriores y que requieran actuación de la
Administración minera.
Se liquidará en función del presupuesto de actuación de que se trate conforme a la siguiente escala de gravamen
5.4.1.

Presupuesto hasta 100.000 euros.

453,50 euros.

5.4.2.

Presupuesto de 100.001 hasta 500.000 euros.

813,78 euros.

5.4.3.

Presupuesto desde 500.001 euros.

1.595,59 euros.

5.4.4.

Autorización de obras e instalaciones de pozos y sondeos de aguas subterráneas no regulados por la
Ley de Minas.

167,76 euros.

5.5.

Autorización de puesta en servicio de instalaciones mineras. Sin incluir la repetición de pruebas en caso de ser
necesario.
Se liquidará en función del presupuesto de actuación de que se trate conforme a la escala de gravamen 5.4.
No obstante, a los proyectos incluidos en la tarifa 5.4.4., que requieran la puesta en servicio de instalaciones
elevadoras eléctricas, se les aplicará la tarifa 7.2.1.1.

5.6.

Repetición de pruebas para la autorización de proyectos y puesta en servicio de instalaciones mineras. Por cada
día de trabajo.

115,14 euros.

5.7.

Rectificación de perímetros de demarcación o de protección, intrusión de labores, deslindes y superposiciones.

838,55 euros.

5.8.

Copias de planos de demarcación.

156,46 euros.

5.9.

Transmisión de derechos mineros:

5.10.

5.9.1.

Transmisiones que conlleven la presentación de proyecto.
Se liquidará conforme a la escala de gravamen 5.4.

5.9.2.

Transmisiones que no conlleven la presentación de proyecto.

Tramitación de solicitudes de autorización de concentración de labores o de formación de cotos mineros.

369,49 euros.
265,38 euros.

cve: BOE-A-2022-758
Verificable en https://www.boe.es

5.3.

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