III. Otras disposiciones. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2022-799)
Decreto 76/2021, de 15 de diciembre, por el que se declara bien de interés cultural, con la categoría de sitio histórico, El Cementerio Civil -Memorial La Barranca- y su entorno de protección, en Lardero.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 15
Martes 18 de enero de 2022
5.
Sec. III. Pág. 5088
Compatibilidad con el planeamiento urbanístico
La presente declaración no modifica el vigente Plan General Municipal de Lardero,
en lo relativo a la clasificación del suelo Urbanizable No Delimitado en el que se ubica.
En aplicación del artículo 43 de la Ley 7/2004, de 18 de octubre, de Patrimonio
Cultural, Histórico y Artístico de La Rioja, en el entorno quedan prohibidas las
construcciones o intervenciones que alteren el carácter arquitectónico y paisajístico del
área, perturben la visualización del bien o atenten contra la integridad física del mismo.
Así mismo, y con este fin, las posibles construcciones o actividades ajenas al uso de
cultivo agrícola que se puedan realizar al otro lado del espacio protegido de 25 metros de
anchura, conllevan la realización de un límite vegetal que garantice el respeto visual
desde El Cementerio Civil - Memorial La Barranca.
Toda obra o intervención realizada en el Bien de Interés Cultural o en su entorno de
protección, la instalación de cualquier elemento, su señalización o el cambio de uso o
aprovechamiento de aquél, requerirá contar con una autorización expresa dictada por la
Consejería competente en materia de Cultura, previo informe del Consejo Superior de
Patrimonio Cultural, Histórico y Artístico de La Rioja.
Deberá de incorporarse al planeamiento municipal su consideración como Bien de
Interés Cultural.
6.
Estado de conservación
El conjunto de edificaciones y elementos artísticos que componen El Cementerio
Civil - Memorial La Barranca se encuentran en correcto estado de conservación. Será
preciso realizar tareas de mantenimiento.
Medidas de protección
El Cementerio Civil - Memorial La Barranca, en Lardero (La Rioja), está
profundamente enraizado en la memoria colectiva, no sólo para los descendientes de los
allí enterrados, sino también para los familiares de los asesinados en La Rioja, por lo que
sólo así se explica su subsistencia a lo largo de los años manteniendo su esencia de
recuerdo y tributo a los allí asesinados. Las posibles actuaciones, que se realicen en el
conjunto, serán las tendentes a su adecuada conservación y mantenimiento, corrigiendo
aquellas actuaciones que se hayan realizado que se consideren inadecuadas para la
dignidad del mismo.
En su concepción se regirá por las normas de intervención establecida en el
Capítulo III del Título II de la Ley 7/2004, de 18 de octubre, de Patrimonio Cultural,
Histórico y Artístico de La Rioja y cuantas le afecten en cuanto a declaración de BIC con
categoría de Sitio Histórico, vinculado a la Preservación de la Memoria Histórica de La
Rioja.
Las obras o intervenciones a realizar en el conjunto declarado BIC o en su entorno
de protección deberán respetar sus valores históricos, artísticos, culturales y paisajísticos
y precisarán contar con una autorización previa dictada por la Consejería competente en
materia de Cultura, previo informe del Consejo Superior de Patrimonio Cultural, Histórico
y Artístico de La Rioja.
Dichas intervenciones deberán recogerse en un proyecto técnico de Intervención que
habrá de justificar técnicamente los problemas detectados, las actuaciones a realizar y
las soluciones propuestas, sin perjuicio de cumplir los requisitos de las reglamentaciones
técnicas sectoriales que le correspondan.
Dado el carácter singular de El Cementerio Civil - Memorial La Barranca, y que la
disponibilidad de los terrenos sobre los que se asienta son fruto de una cesión
condicionada al mantenimiento del fin que actualmente tiene, no se permitirán
alteraciones que modifiquen sustancialmente su esencia y carácter, o perjudiquen la
preservación y protección del bien y su consideración como Sitio Histórico.
cve: BOE-A-2022-799
Verificable en https://www.boe.es
7.
Núm. 15
Martes 18 de enero de 2022
5.
Sec. III. Pág. 5088
Compatibilidad con el planeamiento urbanístico
La presente declaración no modifica el vigente Plan General Municipal de Lardero,
en lo relativo a la clasificación del suelo Urbanizable No Delimitado en el que se ubica.
En aplicación del artículo 43 de la Ley 7/2004, de 18 de octubre, de Patrimonio
Cultural, Histórico y Artístico de La Rioja, en el entorno quedan prohibidas las
construcciones o intervenciones que alteren el carácter arquitectónico y paisajístico del
área, perturben la visualización del bien o atenten contra la integridad física del mismo.
Así mismo, y con este fin, las posibles construcciones o actividades ajenas al uso de
cultivo agrícola que se puedan realizar al otro lado del espacio protegido de 25 metros de
anchura, conllevan la realización de un límite vegetal que garantice el respeto visual
desde El Cementerio Civil - Memorial La Barranca.
Toda obra o intervención realizada en el Bien de Interés Cultural o en su entorno de
protección, la instalación de cualquier elemento, su señalización o el cambio de uso o
aprovechamiento de aquél, requerirá contar con una autorización expresa dictada por la
Consejería competente en materia de Cultura, previo informe del Consejo Superior de
Patrimonio Cultural, Histórico y Artístico de La Rioja.
Deberá de incorporarse al planeamiento municipal su consideración como Bien de
Interés Cultural.
6.
Estado de conservación
El conjunto de edificaciones y elementos artísticos que componen El Cementerio
Civil - Memorial La Barranca se encuentran en correcto estado de conservación. Será
preciso realizar tareas de mantenimiento.
Medidas de protección
El Cementerio Civil - Memorial La Barranca, en Lardero (La Rioja), está
profundamente enraizado en la memoria colectiva, no sólo para los descendientes de los
allí enterrados, sino también para los familiares de los asesinados en La Rioja, por lo que
sólo así se explica su subsistencia a lo largo de los años manteniendo su esencia de
recuerdo y tributo a los allí asesinados. Las posibles actuaciones, que se realicen en el
conjunto, serán las tendentes a su adecuada conservación y mantenimiento, corrigiendo
aquellas actuaciones que se hayan realizado que se consideren inadecuadas para la
dignidad del mismo.
En su concepción se regirá por las normas de intervención establecida en el
Capítulo III del Título II de la Ley 7/2004, de 18 de octubre, de Patrimonio Cultural,
Histórico y Artístico de La Rioja y cuantas le afecten en cuanto a declaración de BIC con
categoría de Sitio Histórico, vinculado a la Preservación de la Memoria Histórica de La
Rioja.
Las obras o intervenciones a realizar en el conjunto declarado BIC o en su entorno
de protección deberán respetar sus valores históricos, artísticos, culturales y paisajísticos
y precisarán contar con una autorización previa dictada por la Consejería competente en
materia de Cultura, previo informe del Consejo Superior de Patrimonio Cultural, Histórico
y Artístico de La Rioja.
Dichas intervenciones deberán recogerse en un proyecto técnico de Intervención que
habrá de justificar técnicamente los problemas detectados, las actuaciones a realizar y
las soluciones propuestas, sin perjuicio de cumplir los requisitos de las reglamentaciones
técnicas sectoriales que le correspondan.
Dado el carácter singular de El Cementerio Civil - Memorial La Barranca, y que la
disponibilidad de los terrenos sobre los que se asienta son fruto de una cesión
condicionada al mantenimiento del fin que actualmente tiene, no se permitirán
alteraciones que modifiquen sustancialmente su esencia y carácter, o perjudiquen la
preservación y protección del bien y su consideración como Sitio Histórico.
cve: BOE-A-2022-799
Verificable en https://www.boe.es
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