III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2022-728)
Resolución de 5 de enero de 2022, de la Dirección General de la Administración General del Estado en el Territorio, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Granada, para el funcionamiento del Plan de Empleo 2021-2022 en la Ciudad de Ceuta.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 14
Lunes 17 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 4440
Capitulo II, del Título Preliminar de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico
del Sector Público.
Quinta. Naturaleza y régimen jurídico aplicable.
Este convenio es de naturaleza administrativa, rigiéndose por las cláusulas del
presente convenio y supletoriamente por lo dispuesto en el Título Preliminar, Capítulo VI,
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En todo caso, las cuestiones litigiosas que pudieran surgir, sin perjuicio de las
facultades de la Comisión de Seguimiento para resolver los problemas de interpretación
y cumplimiento del convenio, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, serán de conocimiento y
competencia del Orden Jurisdiccional de lo Contencioso-Administrativo.
Sexta.
Financiación.
Las actividades a desarrollar por este convenio no supondrán ningún compromiso
financiero para la Universidad de Granada.
El Ministerio de Política Territorial, a través de la Delegación del Gobierno en Ceuta,
asumirá la financiación de los costes salariales y de Seguridad Social del personal
empleado en los programas a desarrollar, con cargo al presupuesto finalista que se
pudiera conceder, en el marco de la Orden de 19 de diciembre de 1997 por la que se
establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas, por el
Instituto Nacional de Empleo en el ámbito de la colaboración con órganos de la
Administración General del Estado y sus organismos autónomos, Comunidades
Autónomas, Universidades e instituciones sin ánimo de lucro, que contraten trabajadores
desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social, y de
los programas a ejecutar durante el ejercicio correspondiente, de acuerdo con el
siguiente cuadro:
Coste unitario trabajador
Plus de
residencia
Total
salario
Seguridad
Social
Total
Duración
N.º
contratos
Trab.
(meses)
Tipo
jornada
(%)
Costes
laborales
totales
1
1.694,70
965,19
2.659,89
922,98
3.582,87
0
7
100,00
0,00
2
1.694,70
718,47
2.413,17
837,37
3.250,54
0
7
100,00
0,00
5
1.129,80
585,84
1.715,64
595,33
2.310,97
0
7
100,00
0,00
6
1.129,80
386,43
1.516,23
526,13
2.042,36
3
7
100,00 42.889,56
10
847,35
342,59
1.189,94
412,91
1.602,85
2
7
100,00 22.439,90
Total financiación por parte del Ministerio de Política territorial y Función Pública
65.329,46
El importe total asumido por el Ministerio de Política Territorial en el presente
convenio será por tanto de 65.329,46 euros, que se financiarán con cargo a las
siguientes aplicaciones presupuestarias del Presupuesto de Gastos de dicho Ministerio:
22.03.55.921P.131 (relativa a las retribuciones del personal laboral eventual)
y 22.03.55.921P.160.00 (relativa a las cuotas de la Seguridad Social), que proceden a su
vez de la subvención otorgada a la Delegación del Gobierno en Ceuta por el Servicio
Público de Empleo Estatal para la contratación de desempleados y desempleadas
participantes en el Plan del Empleo 2021-2022, por un total de 11.988.964,80 euros,
financiada con cargo a la aplicación presupuestaria 19.101.000X.400.00, del
Presupuesto de Gastos de dicho organismo.
cve: BOE-A-2022-728
Verificable en https://www.boe.es
GC
Salario
Módulo
Extras
Núm. 14
Lunes 17 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 4440
Capitulo II, del Título Preliminar de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico
del Sector Público.
Quinta. Naturaleza y régimen jurídico aplicable.
Este convenio es de naturaleza administrativa, rigiéndose por las cláusulas del
presente convenio y supletoriamente por lo dispuesto en el Título Preliminar, Capítulo VI,
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En todo caso, las cuestiones litigiosas que pudieran surgir, sin perjuicio de las
facultades de la Comisión de Seguimiento para resolver los problemas de interpretación
y cumplimiento del convenio, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, serán de conocimiento y
competencia del Orden Jurisdiccional de lo Contencioso-Administrativo.
Sexta.
Financiación.
Las actividades a desarrollar por este convenio no supondrán ningún compromiso
financiero para la Universidad de Granada.
El Ministerio de Política Territorial, a través de la Delegación del Gobierno en Ceuta,
asumirá la financiación de los costes salariales y de Seguridad Social del personal
empleado en los programas a desarrollar, con cargo al presupuesto finalista que se
pudiera conceder, en el marco de la Orden de 19 de diciembre de 1997 por la que se
establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas, por el
Instituto Nacional de Empleo en el ámbito de la colaboración con órganos de la
Administración General del Estado y sus organismos autónomos, Comunidades
Autónomas, Universidades e instituciones sin ánimo de lucro, que contraten trabajadores
desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social, y de
los programas a ejecutar durante el ejercicio correspondiente, de acuerdo con el
siguiente cuadro:
Coste unitario trabajador
Plus de
residencia
Total
salario
Seguridad
Social
Total
Duración
N.º
contratos
Trab.
(meses)
Tipo
jornada
(%)
Costes
laborales
totales
1
1.694,70
965,19
2.659,89
922,98
3.582,87
0
7
100,00
0,00
2
1.694,70
718,47
2.413,17
837,37
3.250,54
0
7
100,00
0,00
5
1.129,80
585,84
1.715,64
595,33
2.310,97
0
7
100,00
0,00
6
1.129,80
386,43
1.516,23
526,13
2.042,36
3
7
100,00 42.889,56
10
847,35
342,59
1.189,94
412,91
1.602,85
2
7
100,00 22.439,90
Total financiación por parte del Ministerio de Política territorial y Función Pública
65.329,46
El importe total asumido por el Ministerio de Política Territorial en el presente
convenio será por tanto de 65.329,46 euros, que se financiarán con cargo a las
siguientes aplicaciones presupuestarias del Presupuesto de Gastos de dicho Ministerio:
22.03.55.921P.131 (relativa a las retribuciones del personal laboral eventual)
y 22.03.55.921P.160.00 (relativa a las cuotas de la Seguridad Social), que proceden a su
vez de la subvención otorgada a la Delegación del Gobierno en Ceuta por el Servicio
Público de Empleo Estatal para la contratación de desempleados y desempleadas
participantes en el Plan del Empleo 2021-2022, por un total de 11.988.964,80 euros,
financiada con cargo a la aplicación presupuestaria 19.101.000X.400.00, del
Presupuesto de Gastos de dicho organismo.
cve: BOE-A-2022-728
Verificable en https://www.boe.es
GC
Salario
Módulo
Extras