III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. Procedimientos de declaración de inconstitucionalidad. (BOE-A-2022-730)
Resolución de 28 de diciembre de 2021, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Junta de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Foral de Navarra, en relación con el Decreto-ley Foral 4/2021, de 14 de abril, por el que se aprueban medidas urgentes para la gestión y ejecución de las actuaciones financiables con fondos europeos provenientes del Instrumento Europeo de Recuperación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 14

Lunes 17 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 4444

Foral de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2022 con el siguiente tenor
literal:
«Disposición final sexta. Modificación del Decreto-ley Foral 4/2021, de 14 de abril, por
el que se aprueban medidas urgentes para la gestión y ejecución de las actuaciones
financiables con fondos europeos provenientes del instrumento europeo de
financiación.
Se modifica el artículo 13, que quedará redactado en los siguientes términos:
"Artículo 13. Autorización administrativa de instalaciones de generación de
energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables.
Sin perjuicio de la documentación que sea necesario presentar conforme a la
reglamentación técnica aplicable, y siempre que no estén sometidas a evaluación
de impacto ambiental, no precisarán autorización administrativa previa ni
autorización administrativa de construcción las siguientes instalaciones de
generación de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables:
a) Instalaciones en la modalidad de autoconsumo sin excedentes.
b) Instalaciones en la modalidad de autoconsumo con excedentes, siempre
que estén conectadas a redes de tensión inferior a 1 kV.
c) Instalaciones aisladas".»
2.º Asimismo, ambas partes entienden que el artículo 13 ha de interpretarse de
acuerdo con la legislación básica del Estado en la materia y en concreto, con los
artículos 1 y 2 del Real Decreto 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la
conexión a red de instalaciones de producción de energía eléctrica de pequeña potencia,
en cuanto a la definición y régimen aplicable a las instalaciones de pequeña potencia.

cve: BOE-A-2022-730
Verificable en https://www.boe.es

II. En razón del acuerdo alcanzado, ambas partes consideran resueltas las
discrepancias manifestadas y concluida la controversia planteada.
III. Comunicar este acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el
artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así
como insertar el presente acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín
Oficial de Navarra».

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X