III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2022-719)
Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio con la Universidad Autónoma de Madrid, para el desarrollo de programas de cooperación educativa.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 14
Lunes 17 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 4358
Tercera. Obligaciones de la Universidad (a través del centro correspondiente u órgano
responsable de la titulación).
1. Elaborar un Anexo a este Convenio para cada estudiante en prácticas (según
modelo adjunto) donde se consigne la siguiente información: datos del estudiante,
titulación, fecha de incorporación y finalización de la práctica, entidad donde se realizará
la práctica, el calendario y el horario, así como el nombre del tutor académico y del tutor
de la entidad colaboradora. Además, el anexo del estudiante deberá incorporar el
proyecto formativo en el que se harán constar los objetivos educativos y las
competencias que debe adquirir el estudiante, así como las actividades formativas que
desarrollará. El órgano responsable de la titulación resolverá cuantas dudas pudieran
surgir durante el desarrollo de las prácticas o del TFG/TFM.
2. Designar al menos un coordinador técnico o responsable, integrado en su propia
plantilla, que tendrá entre sus obligaciones las siguientes:
a) Actuar como interlocutor de la Universidad frente al Ministerio de Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana, canalizando la comunicación entre la Universidad y los
alumnos que realicen las prácticas, de un lado, y el Ministerio de Transportes, Movilidad
y Agenda Urbana, de otro lado, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas del
desarrollo de las mismas.
b) Distribuir el trabajo entre los alumnos que realicen las prácticas, e impartir a
dichos alumnos las órdenes e instrucciones que sean necesarias en relación con el
desarrollo de las mismas.
c) Supervisar el correcto desempeño por parte de los alumnos de las funciones que
tienen encomendadas, así como controlar la asistencia de dichos alumnos al lugar
establecido para la realización de las prácticas.
d) Organizar el régimen de permisos del personal que realice las prácticas,
debiendo a tal efecto coordinarse adecuadamente la Universidad con el Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, a efectos de no alterar el buen funcionamiento
del servicio.
e) Informar al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana acerca de las
variaciones, ocasionales o permanentes, en la relación de alumnos que realicen las
prácticas.
3. Designar un tutor académico que velará por el normal desarrollo del proyecto
formativo, colaborará con el tutor de la entidad colaboradora en todos aquellos aspectos
que afecten al mismo, así como aquellas funciones que reglamentariamente se
establezcan.
4. Nombrar a los tutores de prácticas designados por la entidad colaboradora como
«Tutor/a en Prácticas Externas», de acuerdo con las condiciones establecidas por la
propia Universidad, reconociendo su actividad colaboradora. Los trámites necesarios
para la obtención del reconocimiento, serán realizados por el responsable del centro de
la Universidad.
Universidad
Fecha de
inicio de
vigencia del
convenio
Fecha
vencimiento
del convenio
N.º de
estudiante
Sexo Titulación
Fecha
inicio
prácticas
Fecha
finalización
prácticas
Entidad
Colaboradora
Tutor
académico
Tutor en
prácticas
cve: BOE-A-2022-719
Verificable en https://www.boe.es
5. Remitir trimestralmente al correo electrónico area-formacion@mitma.es un
documento .xls en el cual se contemplen la totalidad de estudiantes que han
realizado/están realizando prácticas (numerados, sin especificar su nombre) al amparo
del presente Convenio, según el formato siguiente:
Núm. 14
Lunes 17 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 4358
Tercera. Obligaciones de la Universidad (a través del centro correspondiente u órgano
responsable de la titulación).
1. Elaborar un Anexo a este Convenio para cada estudiante en prácticas (según
modelo adjunto) donde se consigne la siguiente información: datos del estudiante,
titulación, fecha de incorporación y finalización de la práctica, entidad donde se realizará
la práctica, el calendario y el horario, así como el nombre del tutor académico y del tutor
de la entidad colaboradora. Además, el anexo del estudiante deberá incorporar el
proyecto formativo en el que se harán constar los objetivos educativos y las
competencias que debe adquirir el estudiante, así como las actividades formativas que
desarrollará. El órgano responsable de la titulación resolverá cuantas dudas pudieran
surgir durante el desarrollo de las prácticas o del TFG/TFM.
2. Designar al menos un coordinador técnico o responsable, integrado en su propia
plantilla, que tendrá entre sus obligaciones las siguientes:
a) Actuar como interlocutor de la Universidad frente al Ministerio de Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana, canalizando la comunicación entre la Universidad y los
alumnos que realicen las prácticas, de un lado, y el Ministerio de Transportes, Movilidad
y Agenda Urbana, de otro lado, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas del
desarrollo de las mismas.
b) Distribuir el trabajo entre los alumnos que realicen las prácticas, e impartir a
dichos alumnos las órdenes e instrucciones que sean necesarias en relación con el
desarrollo de las mismas.
c) Supervisar el correcto desempeño por parte de los alumnos de las funciones que
tienen encomendadas, así como controlar la asistencia de dichos alumnos al lugar
establecido para la realización de las prácticas.
d) Organizar el régimen de permisos del personal que realice las prácticas,
debiendo a tal efecto coordinarse adecuadamente la Universidad con el Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, a efectos de no alterar el buen funcionamiento
del servicio.
e) Informar al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana acerca de las
variaciones, ocasionales o permanentes, en la relación de alumnos que realicen las
prácticas.
3. Designar un tutor académico que velará por el normal desarrollo del proyecto
formativo, colaborará con el tutor de la entidad colaboradora en todos aquellos aspectos
que afecten al mismo, así como aquellas funciones que reglamentariamente se
establezcan.
4. Nombrar a los tutores de prácticas designados por la entidad colaboradora como
«Tutor/a en Prácticas Externas», de acuerdo con las condiciones establecidas por la
propia Universidad, reconociendo su actividad colaboradora. Los trámites necesarios
para la obtención del reconocimiento, serán realizados por el responsable del centro de
la Universidad.
Universidad
Fecha de
inicio de
vigencia del
convenio
Fecha
vencimiento
del convenio
N.º de
estudiante
Sexo Titulación
Fecha
inicio
prácticas
Fecha
finalización
prácticas
Entidad
Colaboradora
Tutor
académico
Tutor en
prácticas
cve: BOE-A-2022-719
Verificable en https://www.boe.es
5. Remitir trimestralmente al correo electrónico area-formacion@mitma.es un
documento .xls en el cual se contemplen la totalidad de estudiantes que han
realizado/están realizando prácticas (numerados, sin especificar su nombre) al amparo
del presente Convenio, según el formato siguiente: