III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2022-722)
Resolución de 22 de diciembre de 2021, de la Autoridad Portuaria de Sevilla, por la que se publica el Convenio con Metrovacesa, SA, para la ejecución de las obras de ampliación de cajón de paso inferior de las vías y zona verde en el suelo urbanizable sectorizado SUS-DBP-02 "Palmas Altas Sur", Sevilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 17 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 4389
El proyecto «Nueva playa de vías en Palmas Altas», Ref: CONT0016-20,
incluyéndose el citado Anexo núm. 1, deberá estar completamente redactado en el plazo
máximo de seis (6) meses desde la fecha en que adquiera eficacia el presente convenio.
Deberá ser aprobado por la Autoridad Portuaria de Sevilla previo informe favorable de la
Comisión de Seguimiento del presente convenio respecto, y exclusivamente, al Anexo
núm. 1 del mismo.
– Iniciar, tramitar, resolver y ejecutar expediente de contratación para la ejecución de
las obras comprendidas en el proyecto que resulte aprobado de «Nueva playa de vías en
Palmas Altas», incluyéndose el citado Anexo núm. 1, y ello conforme a la normativa que
resulta de aplicación a la Autoridad Portuaria de Sevilla (Ley 9/2017, de Contratos del
Sector Público y RDL 3/2020, de medidas urgentes por el que se incorporan al
ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la
contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos
de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales). La ejecución de las citadas
obras deberá comenzar con anterioridad al 31 de diciembre de 2022, sujeto en todo caso
a la recepción de los informes y autorizaciones que al respecto resultasen procedentes.
En el supuesto de que la Comisión de Seguimiento no informara favorablemente el
citado Anexo núm. 1 en el plazo de un (1) mes desde que le fuese remitido, no fuese
aprobado por la Autoridad Portuaria de Sevilla y/o Metrovacesa, SA, no prestará
conformidad expresa a ello, se procederá por este Organismo Público a tramitar el citado
expediente de contratación sin incluirse el citado Anexo núm. 1, que no se ejecutaría, sin
que Metrovacesa, SA, pueda solicitar a la Autoridad Portuaria de Sevilla reintegro de
cantidad alguna en concepto de precio de redacción del Anexo núm. 1 al proyecto
«Nueva playa de vías en Palmas Altas», ni en ningún otro concepto por la no ejecución
de dicha actuación, ni la Autoridad Portuaria de Sevilla exigir responsabilidad alguna por
ello a Metrovacesa, SA.
– En el supuesto de ser ejecutadas, a entregar a Metrovacesa, SA, las obras
definidas en el Anexo núm. 1, del proyecto de «Nueva playa de vías en Palmas Altas»,
Ref: CONT0016-20 correspondiente a la actuación de ampliación y adecuación del cajón
existente en los ejes 02 y 03 de parcela e infraestructura ferroviario del Puerto de Sevilla
en el acceso al mismo, señalado en el Expositivo Segundo del presente Convenio, para
el tránsito rodado y peatonal entre el Sector SUS-DBP-02 y la Avenida de Palmas Altas,
en el plazo máximo de treinta (30) días siguientes a su recepción por parte de la
Autoridad Portuaria de Sevilla. Hasta su total entrega con total conformidad por parte de
Metrovacesa S.A. las citadas obras no podrán ser utilizadas, ni tan siquiera parcialmente,
en ningún modo o supuesto. Asimismo, para su entrada en funcionamiento deberá
constar la/s autorización al respecto de las Administraciones competentes en aquellos
supuestos que resulten procedentes. Desde su entrega Metrovacesa, SA, asumirá
íntegramente su mantenimiento.
– En el supuesto de ser ejecutadas, a entregar a Metrovacesa, SA, copia del
proyecto de liquidación de las obras incluidas en el Anexo núm. 1, del proyecto de
«Nueva playa de vías en Palmas Altas» en el plazo máximo de 2 meses desde la
entrega de las obras a Metrovacesa, SA, reintegrando a la citada mercantil, si así
resultase, la parte correspondiente a la diferencia entre el presupuesto base de licitación
(Anexo núm. 1) y el precio total final incluido en el proyecto de liquidación
correspondiente al citado Anexo núm. 1, mediante ingreso en la cuenta corriente de su
titularidad (IBAN ES39 2100 2104 1202 0025 9324). La citada cantidad no devenga
interés o recargo alguno a favor de Metrovacesa, SA.
Tercera.
Compromisos de Metrovacesa, SA.
– A contratar y entregar a la Autoridad Portuaria de Sevilla en el plazo máximo de
cuatro (4) meses desde la fecha en que adquiera eficacia el presente convenio proyecto
de ejecución denominado Anexo núm. 1 al proyecto «Nueva playa de vías en Palmas
Altas», Ref: CONT0016-20 (redactado por Idom Consulting, Engineering, Architecture,
SAU), relativo a la actuación de ampliación y adecuación del cajón existente en los
cve: BOE-A-2022-722
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 14
Lunes 17 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 4389
El proyecto «Nueva playa de vías en Palmas Altas», Ref: CONT0016-20,
incluyéndose el citado Anexo núm. 1, deberá estar completamente redactado en el plazo
máximo de seis (6) meses desde la fecha en que adquiera eficacia el presente convenio.
Deberá ser aprobado por la Autoridad Portuaria de Sevilla previo informe favorable de la
Comisión de Seguimiento del presente convenio respecto, y exclusivamente, al Anexo
núm. 1 del mismo.
– Iniciar, tramitar, resolver y ejecutar expediente de contratación para la ejecución de
las obras comprendidas en el proyecto que resulte aprobado de «Nueva playa de vías en
Palmas Altas», incluyéndose el citado Anexo núm. 1, y ello conforme a la normativa que
resulta de aplicación a la Autoridad Portuaria de Sevilla (Ley 9/2017, de Contratos del
Sector Público y RDL 3/2020, de medidas urgentes por el que se incorporan al
ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la
contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos
de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales). La ejecución de las citadas
obras deberá comenzar con anterioridad al 31 de diciembre de 2022, sujeto en todo caso
a la recepción de los informes y autorizaciones que al respecto resultasen procedentes.
En el supuesto de que la Comisión de Seguimiento no informara favorablemente el
citado Anexo núm. 1 en el plazo de un (1) mes desde que le fuese remitido, no fuese
aprobado por la Autoridad Portuaria de Sevilla y/o Metrovacesa, SA, no prestará
conformidad expresa a ello, se procederá por este Organismo Público a tramitar el citado
expediente de contratación sin incluirse el citado Anexo núm. 1, que no se ejecutaría, sin
que Metrovacesa, SA, pueda solicitar a la Autoridad Portuaria de Sevilla reintegro de
cantidad alguna en concepto de precio de redacción del Anexo núm. 1 al proyecto
«Nueva playa de vías en Palmas Altas», ni en ningún otro concepto por la no ejecución
de dicha actuación, ni la Autoridad Portuaria de Sevilla exigir responsabilidad alguna por
ello a Metrovacesa, SA.
– En el supuesto de ser ejecutadas, a entregar a Metrovacesa, SA, las obras
definidas en el Anexo núm. 1, del proyecto de «Nueva playa de vías en Palmas Altas»,
Ref: CONT0016-20 correspondiente a la actuación de ampliación y adecuación del cajón
existente en los ejes 02 y 03 de parcela e infraestructura ferroviario del Puerto de Sevilla
en el acceso al mismo, señalado en el Expositivo Segundo del presente Convenio, para
el tránsito rodado y peatonal entre el Sector SUS-DBP-02 y la Avenida de Palmas Altas,
en el plazo máximo de treinta (30) días siguientes a su recepción por parte de la
Autoridad Portuaria de Sevilla. Hasta su total entrega con total conformidad por parte de
Metrovacesa S.A. las citadas obras no podrán ser utilizadas, ni tan siquiera parcialmente,
en ningún modo o supuesto. Asimismo, para su entrada en funcionamiento deberá
constar la/s autorización al respecto de las Administraciones competentes en aquellos
supuestos que resulten procedentes. Desde su entrega Metrovacesa, SA, asumirá
íntegramente su mantenimiento.
– En el supuesto de ser ejecutadas, a entregar a Metrovacesa, SA, copia del
proyecto de liquidación de las obras incluidas en el Anexo núm. 1, del proyecto de
«Nueva playa de vías en Palmas Altas» en el plazo máximo de 2 meses desde la
entrega de las obras a Metrovacesa, SA, reintegrando a la citada mercantil, si así
resultase, la parte correspondiente a la diferencia entre el presupuesto base de licitación
(Anexo núm. 1) y el precio total final incluido en el proyecto de liquidación
correspondiente al citado Anexo núm. 1, mediante ingreso en la cuenta corriente de su
titularidad (IBAN ES39 2100 2104 1202 0025 9324). La citada cantidad no devenga
interés o recargo alguno a favor de Metrovacesa, SA.
Tercera.
Compromisos de Metrovacesa, SA.
– A contratar y entregar a la Autoridad Portuaria de Sevilla en el plazo máximo de
cuatro (4) meses desde la fecha en que adquiera eficacia el presente convenio proyecto
de ejecución denominado Anexo núm. 1 al proyecto «Nueva playa de vías en Palmas
Altas», Ref: CONT0016-20 (redactado por Idom Consulting, Engineering, Architecture,
SAU), relativo a la actuación de ampliación y adecuación del cajón existente en los
cve: BOE-A-2022-722
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 14