III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Convenio. (BOE-A-2022-717)
Resolución de 21 de diciembre de 2021, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Oviedo y ADIF-Alta Velocidad, para la realización de prácticas externas.
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 14
Lunes 17 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 4345
a mes vencido teniendo en cuenta la parte proporcional del mes dentro del periodo de
prácticas.
– Cumplir con las obligaciones tributarias y de Seguridad Social previstas en la
normativa vigente y que resulten de aplicación.
– Cumplir, en lo relativo a los datos personales del estudiante, con las obligaciones
establecidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos
personales y garantía de los derechos digitales y el Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE.
Obligaciones de la Universidad:
– Llevar a cabo la tutela del estudiante.
– Mantenerle en el régimen de seguros previsto en la cláusula séptima del convenio.
– Respetar los aspectos confidenciales de la actividad desarrollada por el estudiante
en la Entidad Colaboradora.
– En el caso que proceda, otorgar, tras recibir el informe del tutor de la Entidad
Colaboradora, la pertinente calificación de las prácticas, que se hará constar en el
expediente académico del estudiante.
– Cumplir con las obligaciones tributarias y de Seguridad Social previstas en la
normativa vigente y que resulten de aplicación.
El presente Anexo se extinguirá por expiración del plazo acordado y podrá
terminarse de forma anticipada de acuerdo con lo previsto en el Convenio.
cve: BOE-A-2022-717
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad, se firma el presente documento, por triplicado
ejemplar.–Por la Entidad Colaboradora.–Por la Universidad.–El Estudiante.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 14
Lunes 17 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 4345
a mes vencido teniendo en cuenta la parte proporcional del mes dentro del periodo de
prácticas.
– Cumplir con las obligaciones tributarias y de Seguridad Social previstas en la
normativa vigente y que resulten de aplicación.
– Cumplir, en lo relativo a los datos personales del estudiante, con las obligaciones
establecidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos
personales y garantía de los derechos digitales y el Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE.
Obligaciones de la Universidad:
– Llevar a cabo la tutela del estudiante.
– Mantenerle en el régimen de seguros previsto en la cláusula séptima del convenio.
– Respetar los aspectos confidenciales de la actividad desarrollada por el estudiante
en la Entidad Colaboradora.
– En el caso que proceda, otorgar, tras recibir el informe del tutor de la Entidad
Colaboradora, la pertinente calificación de las prácticas, que se hará constar en el
expediente académico del estudiante.
– Cumplir con las obligaciones tributarias y de Seguridad Social previstas en la
normativa vigente y que resulten de aplicación.
El presente Anexo se extinguirá por expiración del plazo acordado y podrá
terminarse de forma anticipada de acuerdo con lo previsto en el Convenio.
cve: BOE-A-2022-717
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad, se firma el presente documento, por triplicado
ejemplar.–Por la Entidad Colaboradora.–Por la Universidad.–El Estudiante.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X